Aguascalientes - FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES - (AGS)

Solicitud del día 29/01/2024 a la dependencia Aguascalientes - FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES - (AGS) del órgano Aguascalientes

Descripción1.¿Cuántas carpetas de investigación o averiguaciones previas iniciadas en esta Fiscalía por delito de tortura y/o tratos crueles, inhumanos o degradantes se encontraban abiertas el 1 de enero de 2023? ¿Y el 31 de diciembre de 2023? 2.¿Cuántas carpetas de investigación o averiguaciones previas iniciadas en esta Fiscalía por delito de tortura y/o tratos crueles, inhumanos o degradantes terminaron, entre el 1 de enero y 31 de diciembre de 2023, en archivo temporal, reserva, no ejercicio de la acción penal y reclasificación? Por favor utilizar la tabla del archivo adjunto para organizar la información.Otros datosLa información solicitada no se encuentra publicada en informes de la dependencia en su portal electrónico, y tampoco se puede obtener de las estadísticas de incidencia delictiva del fuero común publicadas por el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (no se encuentra la categoría, tipo o modalidad con la desagregación solicitada). En caso de que el sujeto obligado haya publicado la información solicitada recientemente se solicita la dirección electrónica donde esta se encuentra. De acuerdo con la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o degradantes las procuradurías o fiscalías tiene la obligación y facultad de Iniciar y desarrollar la investigación y persecución de hechos delictivos relacionados con los delitos previstos en esta Ley. Por lo cual, se infiere que esta dependencia debe contar entre sus archivos con la información solicitada; toda vez que el artículo 84 y 85 de la misma Ley establece que: En el caso de las Fiscalías de las entidades federativas, éstas instrumentarán su respectivo registro considerando como mínimo datos para fines estadísticos sobre: el lugar, fecha, circunstancias, técnicas utilizadas como actos de tortura y tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes; las autoridades señaladas como posibles responsables; el estatus de las investigaciones; y, en su caso, la información referente a la Víctima, como su situación jurídica, edad, sexo, o cualquier otra condición relevante para los efectos estadísticos; por tanto, se asume que esta dependencia cuenta con la información solicitada con el nivel de desagregación que se solicita. La información solicitada no se considera reservada o clasificada, toda vez que de acuerdo con el artículo 70, fracción XXX de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; los sujetos obligados deberán poner a disposición pública las estadísticas que generen en cumplimiento de sus facultades, competencias o funciones con la mayor desagregación posible; sumado al hecho de que no se está solicitando información referente a datos personales.Respuesta del día02/02/2024Texto de respuestaAguascalientes, Aguascalientes, a dos de febrero del año dos mil veinticuatro. Vista la solicitud registrada en la Plataforma Nacional de Transparencia con el número de folio 010054824000096, asignada a la Unidad de Transparencia de la Fiscalía General del Estado de Aguascalientes en fecha del veintinueve de enero del dos mil veinticuatro. Consecuentemente con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 2 fracción IX, 4, 6, 10, primer párrafo, 11 primer párrafo, 12, 44 y 71 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus municipios, 121, 123, 124 y 125 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, téngase por recibida la solicitud de referencia, ábrase expediente y regístrese en el Libro de Gobierno con el número que le corresponda, siendo éste el PNT.095 010054824000096/2024. De igual manera téngasele como señalado de su parte correo electrónico y/o domicilio para oír y recibir notificaciones indicado en la Plataforma Nacional de Transparencia. En atención a su solicitud de información en la que requiere: …”1.¿Cuántas carpetas de investigación o averiguaciones previas iniciadas en esta Fiscalía por delito de tortura y/o tratos crueles, inhumanos o degradantes se encontraban abiertas el 1 de enero de 2023? ¿Y el 31 de diciembre de 2023? 2.¿Cuántas carpetas de investigación o averiguaciones previas iniciadas en esta Fiscalía por delito de tortura y/o tratos crueles, inhumanos o degradantes terminaron, entre el 1 de enero y 31 de diciembre de 2023, en archivo temporal, reserva, no ejercicio de la acción penal y reclasificación? Por favor utilizar la tabla del archivo adjunto para organizar la información.”.... De conformidad con los artículos 45 y 131 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, artículos 84 fracción IV de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Aguascalientes, se giró oficio a la Fiscalía Especializada en Materia de Tortura, a fin de agotar el principio de exhaustividad. Previo ahondar en la contestación de su solicitud de forma detallada me permito señalarle que la información que se brinda se realiza bajo la estadística generada por carpetas de investigación y no por averiguaciones previas, de su petición se observa que el periodo que solicita lo es del año 2023, por lo tanto, corresponde al vigente sistema de justicia penal acusatorio, y se rinde bajo los términos siguientes: Sobre el particular, se informa en atención a su primer cuestionamiento: Del periodo comprendido del 1 de enero 2023 se encontraban abiertas: • 18 Carpetas de Investigación • 04 Averiguaciones Previas Del periodo comprendido del 31 de diciembre 2023 se encontraban abiertas: • 62 Carpetas de Investigación • 03 Averiguaciones Previas 1. En relación a su segundo cuestionamiento la información proporcionada por la Fiscalía Especializada en Materia de Tortura se desagrega de la siguiente manera: 2023 Archivo Temporal Reserva No ejercicio de la acción penal Reclasificación Numero de carpetas de investigación/averiguación previa 67 01 13 18 Sin más por el momento se da con lo anterior por cumplido el derecho de acceso a la información de conformidad con el artículo 130 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Dígasele al solicitante que de conformidad con el artículo 75 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios, procede el Recurso de Revisión ante Instituto de Transparencia del Estado de Aguascalientes, en términos de lo establecido por el Capítulo I Título Octavo de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Conforme a la información rendida por la Fiscalía Especializada en Materia de Tortura. - - - - -- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -Archivo adjuntoDescargarFolioAGS-IP-010054824000096

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaEntrega de Información Vía PNTTipo de respuestaMODALIDADMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta13/02/2024Fecha solicitud término02/02/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deAguascalientesSector de la dependenciaOrganismos Autónomos