Aguascalientes - FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES - (AGS)
Solicitud del día 16/02/2024 a la dependencia Aguascalientes - FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES - (AGS) del órgano Aguascalientes
Descripción1. Cuenta con una Fiscalía Especializada en la Investigación y Persecución del Delito de Feminicidio. 2. En caso positivo, cuál es la fecha de creación de dicha Unidad, 3. A partir de la creación de esta Fiscalía Especializada informe, los inicios de carpetas de investigación por cuanto ve al delito de Feminicidio y Homicidio Doloso en agravio de mujeres. 4. De las carpetas de investigación informadas en el punto anterior señale el tipo de determinación que tienen, es decir si se encuentran resueltas por Judicialización, Incompetencia, No ejercicio de la Acción Penal, Archivo Temporal, etcétera; en caso de no encontrarse determinadas informe el estado procesal en el que se encuentran.Respuesta del día27/02/2024Texto de respuestaAguascalientes, Aguascalientes, a veintisiete de febrero del dos mil veinticuatro. Vista la solicitud registrada en la Plataforma Nacional de Transparencia con el número de folio 010054824000156, asignada a la Unidad de Transparencia de la Fiscalía General del Estado de Aguascalientes en fecha del dieciséis de febrero del dos mil veinticuatro. Consecuentemente con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 2 fracción IX, 4, 6, 10, primer párrafo, 11 primer párrafo, 12, 44 y 71 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus municipios, 121, 123, 124 y 125 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, téngase por recibida la solicitud de referencia, ábrase expediente y regístrese en el Libro de Gobierno con el número que le corresponda, siendo éste el PNT.155 010054824000156/2024. De igual manera téngasele como señalado de su parte correo electrónico y/o domicilio para oír y recibir notificaciones indicado en la Plataforma Nacional de Transparencia. En atención a su solicitud de información en la que requiere: …”1. Cuenta con una Fiscalía Especializada en la Investigación y Persecución del Delito de Feminicidio. 2. En caso positivo, cuál es la fecha de creación de dicha Unidad, 3. A partir de la creación de esta Fiscalía Especializada informe, los inicios de carpetas de investigación por cuanto ve al delito de Feminicidio y Homicidio Doloso en agravio de mujeres. 4. De las carpetas de investigación informadas en el punto anterior señale el tipo de determinación que tienen, es decir si se encuentran resueltas por Judicialización, Incompetencia, No ejercicio de la Acción Penal, Archivo Temporal, etcétera; en caso de no encontrarse determinadas informe el estado procesal en el que se encuentran”... Vista la presente solicitud de información se procede a analizarla y a girar el oficio correspondiente a la Dirección General de Innovación, Planeación y Desarrollo Tecnológico así como la Vicefiscalía Jurídica y de Litigación Penal de esta institución de procuración de justicia, a fin de recabar la información estadística que solicita en su petición, lo anterior con fundamento en los 45 y 131 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, artículos 84 fracción IV de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Aguascalientes. Recabada la información estadística solicitada en el presente, se brinda contestación de cada uno de sus cuestionamientos en el mismo orden de ideas que son realizados: Respuesta pregunta uno: Esta institución de procuración de justicia no cuenta con una Fiscalía Especializada en la Investigación y Persecución del Delito de Feminicidio. Respuesta pregunta dos: No aplica brindar contestación alguna al cuestionamiento que se realiza por no encontrarnos en el supuesto de la creación de la Unidad. Previo a dar continuidad con la contestación del resto de los numerales se le informa al solicitante que a su solicitud acompañó un formato adjunto coligiendo esta Unidad de Transparencia que el objeto del mismo es realizar el llenado de su solicitud estadística en dicho documento, sin embargo esta Fiscalía General del Estado sistematiza la información según los estándares requeridos por el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP), la cual es concentrada en formatos diversos los cuales son consultados y a través de los cuales se responde de manera puntual a cada uno de los puntos de su solicitud, por lo que procede citar el criterio de interpretación emitido por el pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos (INAI), que señala que los sujetos obligados no están condicionados a elaborar documentos Ad HOC para atender las solicitudes de información. Es así, que el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales emitió el siguiente de interpretación emitido en términos de losArchivo adjuntoDescargarFolioAGS-IP-010054824000156