Aguascalientes - FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES - (AGS)

Solicitud del día 22/02/2024 a la dependencia Aguascalientes - FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES - (AGS) del órgano Aguascalientes

DescripciónPido se me informe sobre todos los casos registrados de feminicidio en Aguascalientes desde su tipificación como delito. Que se desglose por año y lugar (municipio) de ocurrencia. Que se me informe en cada caso si la víctima tenia hijos (que se especifique cuántos). Respuesta del día23/02/2024Texto de respuestaAguascalientes, Aguascalientes, a veintitrés de febrero del dos mil veinticuatro. Vista la solicitud registrada en la Plataforma Nacional de Transparencia con el número de folio 010054824000174, asignada a la Unidad de Transparencia de la Fiscalía General del Estado de Aguascalientes en misma fecha. Consecuentemente con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 2 fracción IX, 4, 6, 10, primer párrafo, 11 primer párrafo, 12, 44 y 71 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus municipios, 121, 123, 124 y 125 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, téngase por recibida la solicitud de referencia, ábrase expediente y regístrese en el Libro de Gobierno con el número que le corresponda, siendo éste el PNT.173 010054824000174/2024. De igual manera téngasele como señalado de su parte correo electrónico y/o domicilio para oír y recibir notificaciones indicado en la Plataforma Nacional de Transparencia. En atención a su solicitud de información en la que requiere: … “Pido se me informe sobre todos los casos registrados de feminicidio en Aguascalientes desde su tipificación como delito. Que se desglose por año y lugar (municipio) de ocurrencia. Que se me informe en cada caso si la víctima tenia hijos (que se especifique cuántos).”… En términos de los artículos 45 y 131 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, artículos 84 fracción IV de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Aguascalientes, la Unidad de Transparencia procede a requerir a la Unidad Especializada en Investigación de Homicidios, unidad administrativa que tiene a su cargo la investigación de feminicidios en el Estado, por lo que se procede informar la estadística correspondiente desde el año 2017, en que fue adicionado el delito que nos ocupa en el Código Penal del Estado de Aguascalientes, por lo que se brindan las cifras respectivas de carpetas de investigación iniciadas por el Ministerio Público por el delito de Feminicidio, ello del periodo 2017 con corte al 31 de enero del 2024. Año Feminicidio 2017 0 2018 5 2019 8 2020 3 2021 9 2022 10 2023 3 2024 1 Total 39 Respecto a su petición de desagregación por municipio se le informa al solicitante que la estadística que se tiene se le brinda por el Estado de Aguascalientes y no como lo pide, por lo que este sujeto no se encuentra obligado a procesar una base de datos específica para dar respuesta a su petición en los términos que la formula, por lo tanto procede citar el criterio de interpretación emitido por el pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos (INAI), que señala que los sujetos obligados no están condicionados a elaborar documentos Ad HOC para atender las solicitudes de información. Es así, que el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales emitió el siguiente de interpretación emitido en términos de los artículos 199 y 20 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y 172 y 173 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Criterio 03/17 “No existe obligación de elaborar documentos ad hoc para atender las solicitudes de acceso a la información. Los artículos 129 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y 130, párrafo cuarto, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, señalan que los sujetos obligados deberán otorgar acceso a los documentos que se encuentren en sus archivos o que estén obligados a documentar, de acuerdo con sus facultades, competencias o funciones, conforme a las características físicas de la información o del lugar donde se encuentre. Por lo anterior, los sujetos obligados deben garantizar el derecho de acceso a la información del particular, proporcionando la información con la que cuentan en el formato en que la misma obre en sus archivos; sin necesidad de elArchivo adjuntoDescargarFolioAGS-IP-010054824000174

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaEntrega de Información Vía PNTTipo de respuestaMODALIDADMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta07/03/2024Fecha solicitud término23/02/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deAguascalientesSector de la dependenciaOrganismos Autónomos