Aguascalientes - FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES - (AGS)
Solicitud del día 07/03/2024 a la dependencia Aguascalientes - FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES - (AGS) del órgano Aguascalientes
DescripciónSolicito por este medio, la lista de beneficiarios y/o beneficiarias del programa Salario Rosa, así como las fechas en que recibieron su tarjeta o beneficio, esto a partir del año 2020 a la fecha De igual manera solicito se me conceda la Suplencia en la deficiencia de mi solicitud Respuesta del día08/03/2024Texto de respuestaAguascalientes, Aguascalientes, a ocho de marzo del dos mil veinticuatro. Vista la solicitud registrada en la Plataforma Nacional de Transparencia con el número de folio 010054824000242, asignada a la Unidad de Transparencia de la Fiscalía General del Estado de Aguascalientes en fecha del siete de marzo del dos mil veinticuatro. Consecuentemente con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 2 fracción IX, 4, 6, 10, primer párrafo, 11 primer párrafo, 12, 44 y 71 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus municipios, 121, 123, 124 y 125 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, téngase por recibida la solicitud de referencia, ábrase expediente y regístrese en el Libro de Gobierno con el número que le corresponda, siendo éste el PNT. 241 010054824000242/2024. De igual manera téngasele como señalado de su parte correo electrónico y/o domicilio para oír y recibir notificaciones indicado en la Plataforma Nacional de Transparencia. En atención a su solicitud de información en la que requiere: …” Solicito por este medio, la lista de beneficiarios y/o beneficiarias del programa Salario Rosa, así como las fechas en que recibieron su tarjeta o beneficio, esto a partir del año 2020 a la fecha De igual manera solicito se me conceda la Suplencia en la deficiencia de mi solicitud.”… Vista la presente solicitud de información se procede a analizarla y girar los oficios correspondientes por parte de esta Unidad de Transparencia con fundamento en los 45 y 131 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, artículos 84 fracción IV de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Aguascalientes. El programa de DESARROLLO SOCIAL SALARIO ROSA POR EL EMPRENDIMIENTO, es un programa del Gobierno del Estado de México, dirigido por El Instituto Mexiquense del Emprendedor, es un programa creado específicamente para mujeres que habitan en el Estado de México, por lo tanto no es aplicable en el estado de Aguascalientes. De hecho para que usted pueda confirmar lo anterior, además de invitarle a que consulte la página que a continuación se cita, los requisitos y criterios de selección para ser sujeto de este programa son los siguientes: Acto seguido, se procede a poner a su disposición el hipervínculo de la página oficial del Instituto Mexiquense del Emprendedor, donde podrá hacer consulta o resolver dudas: https://ime.edomex.gob.mx/salario-rosa-emprendimiento Se da con lo anterior por cumplido el derecho de acceso a la información de conformidad con el artículo 130 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Dígasele al solicitante que de conformidad con el artículo 75 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios, procede el Recurso de Revisión ante Instituto de Transparencia del Estado de Aguascalientes, en términos de lo establecido por el Capítulo I Título Octavo de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Conforme a la información rendida por la Unidad de Transparencia de la Fiscalía General del Estado de Aguascalientes. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Notifíquese al solicitante por correo electrónico; así mismo se habilitan horas inhábiles para la realización de la notificación del presente al interesado, lo anterior con fundamento en el artículo 125 de la Ley en cita, en relación con el artículo 34 de la Ley del Procedimiento Administrativo del Estado de Aguascalientes, toda vez que la práctica de la notificación será en su correo electrónico. - - - - - - - - - - - - - -Archivo adjuntoDescargarFolioAGS-IP-010054824000242