Aguascalientes - FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES - (AGS)
Solicitud del día 15/03/2024 a la dependencia Aguascalientes - FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES - (AGS) del órgano Aguascalientes
Descripcióninformen si ya se despenalizo el aborto en ags y desde cuando, así como lo que le corresponde hacer a la fiscalía del estado si hay un aborto voluntario el día de hoyRespuesta del día20/03/2024Texto de respuestaAguascalientes, Aguascalientes, a veinte de marzo del dos mil veinticuatro. Vista la solicitud registrada en la Plataforma Nacional de Transparencia con el número de folio 010054824000287, asignada a la Unidad de Transparencia de la Fiscalía General del Estado de Aguascalientes en fecha del quince de marzo del dos mil veinticuatro. Consecuentemente con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 2 fracción IX, 4, 6, 10, primer párrafo, 11 primer párrafo, 12, 44 y 71 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus municipios, 121, 123, 124 y 125 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, téngase por recibida la solicitud de referencia, ábrase expediente y regístrese en el Libro de Gobierno con el número que le corresponda, siendo éste el PNT. 286 010054824000287/2024. De igual manera téngasele como señalado de su parte correo electrónico y/o domicilio para oír y recibir notificaciones indicado en la Plataforma Nacional de Transparencia. En atención a su solicitud de información en la que requiere: …”informen si ya se despenalizo el aborto en ags y desde cuando, así como lo que le corresponde hacer a la fiscalía del estado si hay un aborto voluntario el día de hoy”… Vista la presente solicitud de información esta Unidad de Transparencia procede a analizarla y a brindar la puntual contestación con fundamento en el artículo 45 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Sabido de lo anterior se le dice al solicitante que no es posible brindarle información respecto al cuestionamiento que realiza de “conocer si ya se despenalizo el aborto en ags”, dada la naturaleza de su petición se le informa que es competencia del H. Congreso del Estado de Aguascalientes, ello bajo lo estipulado en su Ley Orgánica del Poder Legislativo: ARTÍCULO 8°.- Son facultades del Congreso del Estado las siguientes: I. Aprobar y expedir normas de observancia general y obligatoria en el Estado de Aguascalientes, con el carácter de Leyes, Decretos o Acuerdos, en las materias de su competencia determinadas en la Constitución Federal, la Constitución del Estado y las leyes que de ambas emanen; Señalado lo anterior se le expone que esta institución de procuración de justicia cuenta con facultades normativas meramente investigativas de hechos posiblemente constitutivos como delitos señalados en el Código Penal para el Estado de Aguascalientes, por ende tiene por objeto conocer del despacho de los asuntos que al Ministerio Público atribuyen las diversas normativas aplicables, tal como lo estipula la Constitución Política del Estado de Aguascalientes en su artículo 59, el Ministerio Público se organizará en una Fiscalía General del Estado como órgano autónomo con personalidad jurídica y patrimonio propio, misma que ejercerá las funciones previstas en el Artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y lo establecido en la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado. Finalmente se le informa que en lo que corresponde a la Fiscalía General del Estado, referente a si hay un aborto voluntario, se observa lo siguiente: a) Si hay aborto voluntario, de ello deberá de conocer el sector salud – clínica, centro de salud, hospital etc, - y determinarán conforme a la norma oficial mexicana. b) Si hay aborto voluntario, esta fiscalía está imposibilitada de saber del mismo, si de los hechos no tiene vista por un ente del sector salud, y en su caso deberá tener conocimiento sólo en caso de que de los mismos – hechos- se desprenda un hecho constitutivo de delito. c) Se reitera que sólo se tiene conocimiento cuando existe una denuncia por hechos posiblemente constitutivos como delitos y se integra por alguno de los tipos penales señalados en el Código Penal para el Estado de Aguascalientes Expuesto lo anterior es que esta institución de procuración de justicia de conformidad con el artículo 136 de la Ley General de Transparencia y AArchivo adjuntoDescargarFolioAGS-IP-010054824000287