Aguascalientes - FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES - (AGS)
Solicitud del día 16/03/2024 a la dependencia Aguascalientes - FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES - (AGS) del órgano Aguascalientes
DescripciónNúmero de carpetas de investigación iniciadas por los delitos de abuso sexual cometido contra menores de edad y violación cometida contra menores de edad entre 2019 y 2023, desglose la cifra por años y sexo de las víctimas. Respuesta del día01/04/2024Texto de respuestaAguascalientes, Aguascalientes, a primero de abril del dos mil veinticuatro. Vista la solicitud registrada en la Plataforma Nacional de Transparencia con el número de folio 010054824000292, asignada a la Unidad de Transparencia de la Fiscalía General del Estado de Aguascalientes en fecha del diecinueve de marzo del dos mil veinticuatro. Consecuentemente con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 2 fracción IX, 4, 6, 10, primer párrafo, 11 primer párrafo, 12, 44 y 71 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus municipios, 121, 123, 124 y 125 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, téngase por recibida la solicitud de referencia, ábrase expediente y regístrese en el Libro de Gobierno con el número que le corresponda, siendo éste el PNT.291 010054824000292/2024. De igual manera téngasele como señalado de su parte correo electrónico y/o domicilio para oír y recibir notificaciones indicado en la Plataforma Nacional de Transparencia. En atención a su solicitud de información en la que requiere: …”Número de carpetas de investigación iniciadas por los delitos de abuso sexual cometido contra menores de edad y violación cometida contra menores de edad entre 2019 y 2023, desglose la cifra por años y sexo de las víctimas.”… Vista la presente solicitud de información se procede a analizarla y girar los oficios correspondientes por parte de esta Unidad de Transparencia con fundamento en los artículos 45 y 131 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, artículo 84 fracción IV de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Aguascalientes. La Unidad de Transparencia procede a requerir al Director General de Innovación, Planeación y Desarrollo Tecnológico quien atendió la solicitud de información de conformidad con el artículo 76, 77 y 78 del Reglamento de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Aguascalientes, señalando: Primeramente se le informa que no es posible desagregar información estadística por el delito de abuso sexual bajo el periodo que lo solicita, toda vez que el delito de ABUSO SEXUAL, considere que el tipo penal de abuso sexual en fecha 02 de febrero del año 2015, en la Edición Vespertina del Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes, fue publicado el Decreto número 140, por el que se DEROGA el artículo 122 del Código Penal del Estado de Aguascalientes, por tanto, el tipo penal de abuso sexual, fue abrogado desde esa fecha. Por tanto, al ser delito abrogado, que no tienen vigencia ni está contemplado en los tipos penales protectores de la libertad sexual, la seguridad sexual, el normal desarrollo físico y psicosexual, y el libre desarrollo de la personalidad, no se puede rendir información alguna sobre el mismos. Prosiguiendo con la contestación a su petición de información se le informa que se le brindará información estadística por el delito de violación tal como lo solicita y de violación equiparada en aras de velar por el principio de máxima transparencia, ello del periodo del 01 de enero del 2019 al 31 de diciembre de 2023, en donde la víctima sea menor de edad, ello desagregado por: • Número de carpetas de investigación por tipo penal y año. • Sexo de la víctima (desglosado por tipo penal y año). Se da con lo anterior por cumplido el derecho de acceso a la información de conformidad con el artículo 130 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Dígasele al solicitante que de conformidad con el artículo 75 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios, procede el Recurso de Revisión ante Instituto de Transparencia del Estado de Aguascalientes, en términos de lo establecido por el Capítulo I Título OctavoArchivo adjuntoDescargarFolioAGS-IP-010054824000292