Aguascalientes - FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES - (AGS)

Solicitud del día 20/03/2024 a la dependencia Aguascalientes - FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES - (AGS) del órgano Aguascalientes

DescripciónPor medio del presente, me permito pedir de su apreciable apoyo a fin de que se informe al suscrito lo siguiente: PREGUNTAS: 1. La Fiscalía de esa Entidad Federativa utiliza para la toma de declaraciones o entrevistas de niñas, niños y adolescentes, algún tipo de personaje virtual apoyado en las herramientas tecnológicas virtuales. 2. De ser afirmativa la pregunta anterior, se pregunta lo siguiente: a) Qué instrumento jurídico lo regula (Lineamiento, Circular, Reglamento, entre otros). b) Qué nombre tiene el personaje virtual. c) Qué Unidad Especializada y/o Área de esa Fiscalía opera el Programa. d) En que delito(s) lo aplica esa Fiscalía. e) En que rango se aplica el personaje virtual. f) En cuantas averiguaciones previas y carpetas de investigación se ha implementado el personaje virtual. I. De ser afirmativa la pregunta anterior, se pregunta lo siguiente: I.I. A partir de las averiguaciones previas y carpetas de investigación en las que se ha implementado el personaje virtual, cuántas terminaron con sentencia condenatoria. Respuesta del día25/03/2024Texto de respuestaAguascalientes, Aguascalientes, a veinticinco de marzo del dos mil veinticuatro. Vista la solicitud registrada en la Plataforma Nacional de Transparencia con el número de folio 010054824000305, asignada a la Unidad de Transparencia de la Fiscalía General del Estado de Aguascalientes en fecha del veinte de marzo del dos mil veinticuatro. Consecuentemente con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 2 fracción IX, 4, 6, 10, primer párrafo, 11 primer párrafo, 12, 44 y 71 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus municipios, 121, 123, 124 y 125 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, téngase por recibida la solicitud de referencia, ábrase expediente y regístrese en el Libro de Gobierno con el número que le corresponda, siendo éste el PNT. 304 010054824000305/2024. De igual manera téngasele como señalado de su parte correo electrónico y/o domicilio para oír y recibir notificaciones indicado en la Plataforma Nacional de Transparencia. En atención a su solicitud de información en la que requiere: …”Por medio del presente, me permito pedir de su apreciable apoyo a fin de que se informe al suscrito lo siguiente: PREGUNTAS: 1. La Fiscalía de esa Entidad Federativa utiliza para la toma de declaraciones o entrevistas de niñas, niños y adolescentes, algún tipo de personaje virtual apoyado en las herramientas tecnológicas virtuales. 2. De ser afirmativa la pregunta anterior, se pregunta lo siguiente: a) Qué instrumento jurídico lo regula (Lineamiento, Circular, Reglamento, entre otros). b) Qué nombre tiene el personaje virtual. c) Qué Unidad Especializada y/o Área de esa Fiscalía opera el Programa. d) En que delito(s) lo aplica esa Fiscalía. e) En que rango se aplica el personaje virtual. f) En cuantas averiguaciones previas y carpetas de investigación se ha implementado el personaje virtual. I. De ser afirmativa la pregunta anterior, se pregunta lo siguiente: I.I. A partir de las averiguaciones previas y carpetas de investigación en las que se ha implementado el personaje virtual, cuántas terminaron con sentencia condenatoria.”… Vista la presente solicitud de información se procede a analizarla y girar los oficios correspondientes por parte de esta Unidad de Transparencia con fundamento en los 45 y 131 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, artículo 84 fracción IV de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Aguascalientes. 1. La Fiscalía de esa Entidad Federativa utiliza para la toma de declaraciones o entrevistas de niñas, niños y adolescentes, algún tipo de personaje virtual apoyado en las herramientas tecnológicas virtuales. En base a lo solicitado se le informa al solicitante que la Fiscalía General del Estado de Aguascalientes NO cuenta con ninguna herramienta tecnológica virtual específicamente personaje virtual para la toma de declaraciones o entrevistas a niñas, niños y adolescentes. Informado lo anterior, los subsecuentes cuestionamientos que conforman la presente solicitud, es decir, los marcados con el número dos y sus respectivos incisos, así como los señalados con número romano uno y dos, están encaminados en el mismo sentido, toda vez que esta Fiscalía hasta el momento no cuenta con el tipo de herramienta digital ya mencionada. Se da con lo anterior por cumplido el derecho de acceso a la información de conformidad con el artículo 130 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Dígasele al solicitante que de conformidad con el artículo 75 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios, procede el Recurso de Revisión ante Instituto de Transparencia del Estado de Aguascalientes, en términos de lo establecido por el Capítulo I Título Octavo deArchivo adjuntoDescargarFolioAGS-IP-010054824000305

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaEntrega de Información Vía PNTTipo de respuestaMODALIDADMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta05/04/2024Fecha solicitud término25/03/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deAguascalientesSector de la dependenciaOrganismos Autónomos