Aguascalientes - FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES - (AGS)
Solicitud del día 29/03/2024 a la dependencia Aguascalientes - FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES - (AGS) del órgano Aguascalientes
DescripciónSolicito se me informe sobre los siguientes temas, concernientes a lo atendido ÚNICAMENTE en la FISCALÍA REGIONAL DE PABELLÓN DE ARTEAGA: 1-Que se informe el número de denuncias recibidas por los siguientes delitos: feminicidio, violencia familiar, violencia de pareja y lesiones dolosas y homicidio doloso (ambos, cuyas víctimas fueron mujeres). 2.-Que también se informe sobre denuncias recibidas por violación simple, violación equiparada, abuso sexual y acoso sexualRespuesta del día08/04/2024Texto de respuestaAguascalientes, Aguascalientes, a ocho de abril del dos mil veinticuatro. Vista la solicitud registrada en la Plataforma Nacional de Transparencia con el número de folio 318 010054824000319, asignada a la Unidad de Transparencia de la Fiscalía General del Estado de Aguascalientes en fecha del primero de abril del dos mil veinticuatro. Consecuentemente con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 2 fracción IX, 4, 6, 10, primer párrafo, 11 primer párrafo, 12, 44 y 71 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus municipios, 121, 123, 124 y 125 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, téngase por recibida la solicitud de referencia, ábrase expediente y regístrese en el Libro de Gobierno con el número que le corresponda, siendo éste el PNT. 318 010054824000319/2024. De igual manera téngasele como señalado de su parte correo electrónico y/o domicilio para oír y recibir notificaciones indicado en la Plataforma Nacional de Transparencia. En atención a su solicitud de información en la que requiere: …”Solicito se me informe sobre los siguientes temas, concernientes a lo atendido ÚNICAMENTE en la FISCALÍA REGIONAL DE PABELLÓN DE ARTEAGA: 1-Que se informe el número de denuncias recibidas por los siguientes delitos: feminicidio, violencia familiar, violencia de pareja y lesiones dolosas y homicidio doloso (ambos, cuyas víctimas fueron mujeres). 2.-Que también se informe sobre denuncias recibidas por violación simple, violación equiparada, abuso sexual y acoso sexual”… Vista la presente solicitud de información se procede a analizarla y girar los oficios correspondientes por parte de esta Unidad de Transparencia con fundamento en los artículos 45 y 131 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, artículos 84 fracción IV de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Aguascalientes. La Unidad de Transparencia procede a requerir al Vicefiscal de Control Regional quien atendió la solicitud de información de conformidad con el artículo 64 fracción VIII del Reglamento de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Aguascalientes, señalando: Que del listado de delitos que enuncia en su solicitud de información se observa que solo algunos no forman parte del listado vigente de hechos presuntamente tipificados como delitos en nuestro Código Penal para el Estado de Aguascalientes, como lo es abuso sexual y acoso sexual, considere que estos tipos penales en fecha 02 de febrero del año 2015, en la Edición Vespertina del Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes, fue publicado el Decreto número 140, por el que se DEROGA el artículo 122 del Código Penal del Estado de Aguascalientes, por tanto, el tipo penal de abuso sexual, fue abrogado desde esa fecha. En igual circunstancia y en mismo decreto, fue también abrogado el artículo 123 que contemplaba el delito de acoso sexual. Por tanto, al ser delitos abrogados, que no tienen vigencia ni están contemplados en los tipos penales protectores de la libertad sexual, la seguridad sexual, el normal desarrollo físico y psicosexual, y el libre desarrollo de la personalidad, no se puede rendir información alguna sobre los mismos. Informado de lo anterior y en atención al contenido del criterio 3/19 emitido por el INAI así como en atención al principio de máxima transparencia, se le brinda estadística generada por la Fiscalía Regional de Pabellón de Arteaga, sobre los delitos que solicita, mismos que se dan bajo el siguiente contexto jurídico: ¿ por los delitos de feminicidio previsto en el artículo 97-A, violencia familiar previsto en el artículo 132, violencia a partir de una relación de pareja previsto en el artículo 133, lesiones dolosas previsto en el artículo 104, homicidio doloso previsto en el artículo 97, violación previsto en el artículo 119 y violación equiparada previsto en el artículo 120 del Código Penal para el Estado de Aguascalientes. AArchivo adjuntoDescargarFolioAGS-IP-010054824000319