Aguascalientes - FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES - (AGS)

Solicitud del día 06/04/2024 a la dependencia Aguascalientes - FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES - (AGS) del órgano Aguascalientes

Descripción¿Cuántas carpetas de investigación por delito de maltrato animal se han presentado en Aguascalientes y cuántos se han consignado ante jueces y cuántas sentencias condenatorias se han obtenido y cuál ha sido la sanción en los años 2022 y 2023? Entregar la información de manera digital.Respuesta del día16/04/2024Texto de respuestaAguascalientes, Aguascalientes, a dieciséis de abril del dos mil veinticuatro. Vista la solicitud registrada en la Plataforma Nacional de Transparencia con el número de folio 010054824000344, asignada a la Unidad de Transparencia de la Fiscalía General del Estado de Aguascalientes en fecha del ocho de abril del dos mil veinticuatro. Consecuentemente con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 2 fracción IX, 4, 6, 10, primer párrafo, 11 primer párrafo, 12, 44 y 71 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus municipios, 121, 123, 124 y 125 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, téngase por recibida la solicitud de referencia, ábrase expediente y regístrese en el Libro de Gobierno con el número que le corresponda, siendo éste el PNT. 343 010054824000344/2024. De igual manera téngasele como señalado de su parte correo electrónico y/o domicilio para oír y recibir notificaciones indicado en la Plataforma Nacional de Transparencia. En atención a su solicitud de información en la que requiere: …” ¿Cuántas carpetas de investigación por delito de maltrato animal se han presentado en Aguascalientes y cuántos se han consignado ante jueces y cuántas sentencias condenatorias se han obtenido y cuál ha sido la sanción en los años 2022 y 2023? Entregar la información de manera digital.”… Vista la presente solicitud de información se procede a analizarla y girar los oficios correspondientes por parte de esta Unidad de Transparencia con fundamento en los artículos 45 y 131 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, artículo 84 fracción IV de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Aguascalientes. La Unidad de Transparencia procede a requerir a la Vicefiscalía de Investigación del delito de conformidad con los artículos 15, 16, 17 y 18 de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Aguascalientes, señalando: “Del estudio de los Tipos Penales contemplados en el Código Penal del Estado de Aguascalientes, se informa que no hay la tipificación a la literalidad de maltrato animal. Tener presente que en atención al principio de Taxatividad y legalidad contemplado en el artículo primero del código penal del estado de Aguascalientes: - A nadie se le aplicará pena o medida de seguridad alguna si esta no se encuentra PREVIAMENTE ESTABLECIDA POR UNA FIGURA TÍPICA EXACTAMENTE APLICABLE AL HECHO PUNIBLE QUE CORRESPONDA, QUEDANDO PROHIBIDO IMPONERLA POR SIMPLE ANALOGÍA Y AÚN POR MAYORÍA DE RAZÓN. - ” Sobre el particular, en respuesta a su solicitud y toda vez que se ha fundamentado la inexistencia del tipo penal que usted plantea, se informa que es cero el número de carpetas de investigación por maltrato animal. Ahora bien, el Código Penal del Estado de Aguascalientes, contempla el delito de “atentados al equilibrio ecológico”, que es: ARTÍCULO 191.- Atentados al equilibrio ecológico dolosos. Los Atentados al Equilibrio Ecológico Dolosos consisten en: (REFORMADA, P.O. 29 DE JUNIO DE 2020) I. Fabricar, elaborar, transportar, distribuir, comerciar, almacenar, poseer, usar, reusar, reciclar, recolectar, tratar, desechar, descargar, abandonar, disponer o realizar actos con materiales o residuos que ocasionen o puedan ocasionar daños a la salud pública, la flora, la fauna, o los ecosistemas del Estado, sin la autorización de la autoridad estatal competente o contraviniendo los términos en que aquella se haya concedido; (REFORMADA, P.O. 29 DE JUNIO DE 2020) II. Despedir, emitir o descargar en la atmósfera, gases, humos y polvos que ocasionen o puedan ocasionar daños a la salud pública, la flora, la fauna o los ecosistemas del Estado, siempre que dichas emisiones provengan de fuentes fijas: III. Descargar, depositar o infiltrar aguas residuales, desechos o contaminantes en los suelos, ríos, cuencas, vasos y demás depósitos o corrientes de agua, que ocasionen o puedan ocasionar graves daños a la salud pública, la florArchivo adjuntoDescargarFolioAGS-IP-010054824000344

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaEntrega de Información Vía PNTTipo de respuestaMODALIDADMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta07/05/2024Fecha solicitud término16/04/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deAguascalientesSector de la dependenciaOrganismos Autónomos