Aguascalientes - FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES - (AGS)
Solicitud del día 12/06/2024 a la dependencia Aguascalientes - FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES - (AGS) del órgano Aguascalientes
Descripción-Solicito el número de denuncias o carpetas de investigación abiertas por el delito de tortura por cada año de 2010 a la fecha. Favor de desglosar cuántas siguen abiertas y cuántas se cerraron y por qué. Respuesta del día18/06/2024Texto de respuestaAguascalientes, Aguascalientes, a dieciocho de junio del dos mil veinticuatro. Vista la solicitud registrada en la Plataforma Nacional de Transparencia con el número de folio 010054824000461, asignada a la Unidad de Transparencia de la Fiscalía General del Estado de Aguascalientes en fecha del trece de junio del dos mil veinticuatro. Consecuentemente con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 2 fracción IX, 4, 6, 10, primer párrafo, 11 primer párrafo, 12, 44 y 71 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus municipios, 121, 123, 124 y 125 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, téngase por recibida la solicitud de referencia, ábrase expediente y regístrese en el Libro de Gobierno con el número que le corresponda, siendo éste el PNT. 460 010054824000461/2024. De igual manera téngasele como señalado de su parte correo electrónico y/o domicilio para oír y recibir notificaciones indicado en la Plataforma Nacional de Transparencia. En atención a su solicitud de información en la que requiere: …”-Solicito el número de denuncias o carpetas de investigación abiertas por el delito de tortura por cada año de 2010 a la fecha. Favor de desglosar cuántas siguen abiertas y cuántas se cerraron y por qué.”… Vista la presente solicitud de información se procede a analizarla y girar los oficios correspondientes por parte de esta Unidad de Transparencia con fundamento en los 45 y 131 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, artículos 84 fracción IV de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Aguascalientes. La Unidad de Transparencia procede a requerir al Fiscal Especializado en Materia de Tortura de esta institución de procuración de justicia, quién mediante oficio similar brinda información que se vierte en la contestación que nos ocupa: En atención a su petición en una primera tabla se le proporciona el número de denuncias o carpetas de investigación abiertas por el delito de tortura por cada año de 2010 a la fecha. En un segundo gráfico se le brinda contestación a su cuestionamiento de conocer por el periodo que lo solicita, averiguaciones previas o carpetas que “siguen abiertas” y cuántas se cerraron y por que, a lo que se le expone la información integrada por la Fiscalía Especializada en Materia de Tortura por el cual se desprende la estadística de las carpetas de investigación y averiguaciones previas abiertas, carpetas vinculadas a proceso, averiguaciones previas judicializadas así como carpetas de investigación y averiguaciones previas en archivo. Se da con lo anterior por cumplido el derecho de acceso a la información de conformidad con el artículo 130 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Dígasele al solicitante que de conformidad con el artículo 75 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios, procede el Recurso de Revisión ante Instituto de Transparencia del Estado de Aguascalientes, en términos de lo establecido por el Capítulo I Título Octavo de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Conforme a la información rendida por la Fiscalía Especializada en Materia de Tortura de la Fiscalía General del Estado de Aguascalientes. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Notifíquese al solicitante por correo electrónico; así mismo se habilitan horas inhábiles para la realización de la notificación del presente al interesado, lo anterior con fundamento en el artículo 125 de la Ley en cita, en relación con el artículo 34 de la Ley dArchivo adjuntoDescargarFolioAGS-IP-010054824000461