Aguascalientes - FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES - (AGS)

Solicitud del día 12/06/2024 a la dependencia Aguascalientes - FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES - (AGS) del órgano Aguascalientes

Descripción Solicito lo siguiente: -Número de sentencias por el delito tortura de 2010 a la fecha por año en el estado. Favor de especificar los años de la sentencia o bien su determinación. Respuesta del día13/06/2024Texto de respuestaAguascalientes, Aguascalientes, a trece de junio del dos mil veinticuatro. Vista la solicitud registrada en la Plataforma Nacional de Transparencia con el número de folio 010054824000462, asignada a la Unidad de Transparencia de la Fiscalía General del Estado de Aguascalientes en fecha del trece de junio del dos mil veinticuatro. Consecuentemente con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 2 fracción IX, 4, 6, 10, primer párrafo, 11 primer párrafo, 12, 44 y 71 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus municipios, 121, 123, 124 y 125 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, téngase por recibida la solicitud de referencia, ábrase expediente y regístrese en el Libro de Gobierno con el número que le corresponda, siendo éste el PNT. 461 010054824000462/2024. De igual manera téngasele como señalado de su parte correo electrónico y/o domicilio para oír y recibir notificaciones indicado en la Plataforma Nacional de Transparencia. En atención a su solicitud de información en la que requiere: …”Solicito lo siguiente: -Número de sentencias por el delito tortura de 2010 a la fecha por año en el estado. Favor de especificar los años de la sentencia o bien su determinación.”… Sobre el particular la Unidad de Transparencia procedió al análisis de la solicitud de información por lo que de conformidad con los artículos 84 fracción IV de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Aguascalientes y 45 y 131 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, se procede a brindar la oportuna contestación a su petición. En atención a la solicitud donde se requiere información sobre el número de sentencias por el delito tortura de 2010 a la fecha por año en el Estado, es necesario aclarar que el Poder Judicial del Estado es la autoridad competente para emitir sentencias, y de esta manera determinar el estatus jurídico de una persona. Dada la naturaleza de esta institución de procuración de justicia como órgano autónomo tiene por objeto conocer del despacho de los asuntos que al Ministerio Público atribuyen diversas normativas aplicables de conformidad con la Constitución Política del Estado de Aguascalientes en su artículo 59, en relación con el Artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos , por ende no emite sentencias, su naturaleza es investigar hecho posiblemente constitutivos como delitos en el Estado de Aguascalientes por lo que el emitir sentencias no resulta facultad inherente a esta institución, ello corresponde directamente al Poder Judicial en términos de lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Aguascalientes, en relación con los artículos 67 y 133, fracción II del Código Nacional del Procedimientos Penales: “Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Aguascalientes” Artículo 51. Los Jueces de Juicio Oral tendrán las siguientes atribuciones: I. Conocer personalmente las audiencias en la etapa de Juicio Oral; II. Resolver todas las cuestiones que se presenten durante el Juicio Oral; III. Dictar sentencia con base en las pruebas presentadas durante la audiencia de Juicio Oral; y IV. Las demás que establezcan las leyes. “Código Nacional del Procedimientos Penales” Artículo 67. Resoluciones Judiciales La autoridad judicial pronunciará sus resoluciones en forma de sentencias y autos. Dictará sentencia para decidir en definitiva y poner término al procedimiento y autos en todos los demás casos. Las resoluciones judiciales deberán mencionar a la autoridad que resuelve, el lugar y la fecha en que se dictaron y demás requisitos que este Código prevea para cada caso […] Artículo 133. Competencia jurisdiccional Para los efectos de este Código, la competencia jurisdiccional comprende a los siguientes órganos: I. […] II. Tribunal de enjuiciamiento, que preside la audiencia de juicio y dictará la sentencia”. (Sic) Sobre el caso que nos ocupa, es iArchivo adjuntoDescargarFolioAGS-IP-010054824000462

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaNotoria Incompetencia/Sugerir otra dependenciaTipo de respuestaINCOMPETENCIAMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta28/06/2024Fecha solicitud término13/06/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deAguascalientesSector de la dependenciaOrganismos Autónomos