Aguascalientes - FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES - (AGS)

Solicitud del día 17/06/2024 a la dependencia Aguascalientes - FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES - (AGS) del órgano Aguascalientes

Descripción“Se solicita informe y proporcione los exámenes, criterios y procedimientos para dictaminar como aprobados y no aprobados los exámenes de evaluación y control de confianza de todo el personal que ha sido evaluado, además de informar la metodología empleada en el Centro de Evaluación y Control de Confianza de la Fiscalía General del Estado."Respuesta del día20/06/2024Texto de respuestaAguascalientes, Aguascalientes, a veinte de junio del dos mil veinticuatro. Vista la solicitud registrada en la Plataforma Nacional de Transparencia con el número de folio 010054824000469, asignada a la Unidad de Transparencia de la Fiscalía General del Estado de Aguascalientes en fecha del diecisiete de junio del dos mil veinticuatro. Consecuentemente con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 2 fracción IX, 4, 6, 10, primer párrafo, 11 primer párrafo, 12, 44 y 71 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus municipios, 121, 123, 124 y 125 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, téngase por recibida la solicitud de referencia, ábrase expediente y regístrese en el Libro de Gobierno con el número que le corresponda, siendo éste el PNT. 468 010054824000469 /2024. De igual manera téngasele como señalado de su parte correo electrónico y/o domicilio para oír y recibir notificaciones indicado en la Plataforma Nacional de Transparencia. En atención a su solicitud de información en la que requiere: …“Se solicita informe y proporcione los exámenes, criterios y procedimientos para dictaminar como aprobados y no aprobados los exámenes de evaluación y control de confianza de todo el personal que ha sido evaluado, además de informar la metodología empleada en el Centro de Evaluación y Control de Confianza de la Fiscalía General del Estado." … Sobre el particular la Unidad de Transparencia procedió al análisis de la solicitud de información por lo que de conformidad con los artículos 84 fracción IV de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Aguascalientes y 45 y 131 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, se requirió a la Directora del Centro de Evaluación y Control de Confianza, unidad administrativa que de conformidad con los artículos 84 A, 84 B, 84 C y 84 D de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado, tiene a su cargo los lineamientos, programas, mecanismos y modelos de actuación para coordinar, programar, colaborar y aplicar las evaluaciones periódicas de control de confianza de conformidad con las disposiciones legales vigentes y con base en lo establecido por el Centro Nacional de Certificación y Acreditación y en consecuencia emitir el certificado correspondiente. Es así como procede a responder con intención a sus facultades lo siguiente: El solicitante requiere información relativa a los exámenes, criterios y procedimientos para dictaminar como aprobados y no aprobados los exámenes de evaluación y control de confianza de todo el personal que ha sido evaluado. En atención a su requerimiento, no es posible proporcionar la misma en atención a que dicha información causaría perjuicio a las actividades de prevención, persecución de los delitos, procuración de justicia, y procesos deliberativos, ya que se entregaría información respecto a los perfiles de puesto del personal que realizan esas funciones y se estaría revelando información de cada una de las pruebas, las cuales deben de ser de carácter reservado, tanto para cumplir con los objetivos de la evaluación y fundamentalmente para que el evaluado no tenga un conocimiento previo y pueda de manera dolosa, intentar engañar o alterar la metodología que rige dicha evaluación. Es así que se anexa a la presente respuesta, el ACUERDO DE RESERVA que obliga los artículos 100, 104, 106 y 113 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información, acreditando así la prueba de daño. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Notifíquese al solicitante por correo electrónico; así mismo se habilitan horas inhábiles para la realización de la notificación del presente al interesado, lo anterior con fundamento en el artículo 125 de la Ley en cita, en relación con el artículo 34 de la Ley del Procedimiento Administrativo del Estado de AguArchivo adjuntoDescargarFolioAGS-IP-010054824000469

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónManualprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaEntrega de Información Vía PNTTipo de respuestaMODALIDADMedio de entregaMedio electrónico aportado por el solicitanteFecha limite de respuesta02/07/2024Fecha solicitud término20/06/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deAguascalientesSector de la dependenciaOrganismos Autónomos