Aguascalientes - FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES - (AGS)
Solicitud del día 16/07/2024 a la dependencia Aguascalientes - FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES - (AGS) del órgano Aguascalientes
Descripción…”Solicito conocer si existe en el estado un centro de identificación humana, centro de identificación forense, centro de identificación genética, centro de resguardo temporal de restos humanos, centro de inhumación forense, panteón forense o similar. Solicito conocer cuál es la dependencia que se hace cargo de este Solicito conocer desde cuándo está en funcionamiento, cuándo se construyó, cuál fue su presupuesto, cuál fue la dependencia que se hizo cargo del presupuesto, cuántos empleados tiene y cuál es su puesto específico y un inventario del material adquirido en los últimos cinco años, con precio y marca. Por último, solicito conocer cuántos cuerpos/restos humanos se conservan en el centro y cuántas identificaciones se realizaron desde que se puso en marcha.”… Respuesta del día17/07/2024Texto de respuestaAguascalientes, Aguascalientes, a diecisiete del dos mil veinticuatro. Vista la solicitud registrada en la Plataforma Nacional de Transparencia con el número de folio 010054824000505, asignada a la Unidad de Transparencia de la Fiscalía General del Estado de Aguascalientes en fecha del dieciséis de julio del dos mil veinticuatro. Consecuentemente con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 2 fracción IX, 4, 6, 10, primer párrafo, 11 primer párrafo, 12, 44 y 71 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus municipios, 121, 123, 124 y 125 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, téngase por recibida la solicitud de referencia, ábrase expediente y regístrese en el Libro de Gobierno con el número que le corresponda, siendo éste el PNT. 504 010054824000505/2024. De igual manera téngasele como señalado de su parte correo electrónico y/o domicilio para oír y recibir notificaciones indicado en la Plataforma Nacional de Transparencia. En atención a su solicitud de información en la que requiere: …”Solicito conocer si existe en el estado un centro de identificación humana, centro de identificación forense, centro de identificación genética, centro de resguardo temporal de restos humanos, centro de inhumación forense, panteón forense o similar. Solicito conocer cuál es la dependencia que se hace cargo de este Solicito conocer desde cuándo está en funcionamiento, cuándo se construyó, cuál fue su presupuesto, cuál fue la dependencia que se hizo cargo del presupuesto, cuántos empleados tiene y cuál es su puesto específico y un inventario del material adquirido en los últimos cinco años, con precio y marca. Por último, solicito conocer cuántos cuerpos/restos humanos se conservan en el centro y cuántas identificaciones se realizaron desde que se puso en marcha.”… Sobre el particular la Unidad de Transparencia procedió al análisis de la solicitud de información por lo que de conformidad con los artículos 84 fracción IV de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Aguascalientes y 45 y 131 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, se procede a brindar la oportuna contestación a su petición. Se le informa que una vez analizada la solicitud de información que presenta respecto a conocer si existe en el estado en el Estado un centro de identificación humana, centro de identificación forense, centro de identificación genética, centro de resguardo temporal de restos humanos, centro de inhumación forense, panteón forense o similar, se le informa que en el Estado de Aguascalientes no se cuenta con algún centro con la naturaleza que describe, por lo tanto no hay información que brindar o desagregar respecto a los cuestionamientos que realiza a este sujeto obligado estatal. Además remontándonos al contexto que conlleva dicho término, nos adentramos a la normativa mexicana que contempla dicho supuesto, ello bajo la publicación realizada en el Diario Oficial de la Federación: Del texto antes expuesto se observa que mediante la publicación del Decreto que se expone, en la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares se adiciona el Artículo 4. Fracción I Bis. Por el que se crea el Centro Nacional de Identificación Humana, adscrita orgánicamente a la Comisión Nacional de Búsqueda . Finalmente se concluye que el Centro Nacional de Identificación Humana es dependiente de Comisión Nacional de Búsqueda y a su vez de Secretaría de Gobernación por lo que su competencia es meramente federal. Se da con lo anterior por cumplido el derecho de acceso a la información de conformidad con el artículo 130 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Dígasele al solicitante qArchivo adjuntoDescargarFolioAGS-IP-010054824000505