Aguascalientes - FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES - (AGS)

Solicitud del día 19/07/2024 a la dependencia Aguascalientes - FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES - (AGS) del órgano Aguascalientes

DescripciónDerivado de las funciones del Ministerio Público, Policías y Peritos emanadas de la Constitución y del Código Nacional de Procedimientos Penales, y de su aplicación en todo el territorio mexicano. La Fiscalía/Procuraduría, en relación a la Localización Geográfica o Geolocalización a la que se refiere la ley: ¿Cuál es el fundamento jurídico para realizar geolocalizaciones o Localizaciones Geográficas de teléfonos? ¿Se necesita siempre autorización judicial para llevarlo a cabo?, en caso de no necesitarse, ¿por qué? Favor de fundamentar legalmente ¿Cuál es el fundamento legal para adquirir, rentar o celebrar contratos en materia de geolocalizaciones? ¿Y cuál es su objetivo? ¿Cuál es la justificación para la adquisición de tecnologías de geolocalización y para la autorización de la adquisición? ¿Quién lleva a cabo las geolocalizaciones o localizaciones geograficas y quién las ordena? ¿Cuál es el fundamento para realizar geolocalizaciones o para utilizar software o programas o equipos de geolocalización? Derivado de sus respuestas, la Fiscalía/Procuraduría, a través de su personal (MP, Policías o Peritos) podría ordenar ejecutar o ejecuta Localizaciones geográficas o geolocalizaciones de personas o equipos telefónicos? De ser así cual es el marco jurídico para usarlos. ¿Quién efectúa o ejecuta dichas Localizaciones geográficas o geolocalizaciones? (MP, Policías o Peritos) Asimismo, tomando en consideración que para cumplir con los objetivos de transparencia, los contratos son Públicos ¿tienen contratos de compra-venta, renta o cualquier otro en el que se haga uso o permita utilizar equipos o softwares para localización geográfica o geolocalización?, favor de remitir del año 2020 a la fecha los que se hayan celebrado, en versión pública Favor de remitir un número del total de las veces que se han ejecutado localizaciones geograficas o geolocalizaciones derivado de esos contratosRespuesta del día25/07/2024Texto de respuestaAguascalientes, Aguascalientes, a veinticinco de julio del dos mil veinticuatro. Vista la solicitud registrada en la Plataforma Nacional de Transparencia con el número de folio 010054824000508, asignada a la Unidad de Transparencia de la Fiscalía General del Estado de Aguascalientes en misma fecha. Consecuentemente con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 2 fracción IX, 4, 6, 10, primer párrafo, 11 primer párrafo, 12, 44 y 71 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus municipios, 121, 123, 124 y 125 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, téngase por recibida la solicitud de referencia, ábrase expediente y regístrese en el Libro de Gobierno con el número que le corresponda, siendo éste el PNT. 507 010054824000508/2024. De igual manera téngasele como señalado de su parte correo electrónico y/o domicilio para oír y recibir notificaciones indicado en la Plataforma Nacional de Transparencia. En atención a su solicitud de información en la que requiere: …”¿Derivado de las funciones del Ministerio Público, Policías y Peritos emanadas de la Constitución y del Código Nacional de Procedimientos Penales, y de su aplicación en todo el territorio mexicano. La Fiscalía/Procuraduría, en relación a la Localización Geográfica o Geolocalización a la que se refiere la ley: ¿Cuál es el fundamento jurídico para realizar geolocalizaciones o Localizaciones Geográficas de teléfonos? ¿Se necesita siempre autorización judicial para llevarlo a cabo?, en caso de no necesitarse, ¿por qué? Favor de fundamentar legalmente ¿Cuál es el fundamento legal para adquirir, rentar o celebrar contratos en materia de geolocalizaciones? ¿Y cuál es su objetivo? ¿Cuál es la justificación para la adquisición de tecnologías de geolocalización y para la autorización de la adquisición? ¿Quién lleva a cabo las geolocalizaciones o localizaciones geograficas y quién las ordena? ¿Cuál es el fundamento para realizar geolocalizaciones o para utilizar software o programas o equipos de geolocalización? Derivado de sus respuestas, la Fiscalía/Procuraduría, a través de su personal (MP, Policías o Peritos) podría ordenar ejecutar o ejecuta Localizaciones geográficas o geolocalizaciones de personas o equipos telefónicos? De ser así cual es el marco jurídico para usarlos. ¿Quién efectúa o ejecuta dichas Localizaciones geográficas o geolocalizaciones? (MP, Policías o Peritos) Asimismo, tomando en consideración que para cumplir con los objetivos de transparencia, los contratos son Públicos ¿tienen contratos de compra-venta, renta o cualquier otro en el que se haga uso o permita utilizar equipos o softwares para localización geográfica o geolocalización?, favor de remitir del año 2020 a la fecha los que se hayan celebrado, en versión pública Favor de remitir un número del total de las veces que se han ejecutado localizaciones geográficas o geolocalizaciones derivado de esos contratos?.”… Vista la presente solicitud de información esta Unidad de Transparencia procede a analizarla y a brindar la oportuna contestación de conformidad con los artículos 45 y 131 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, así como 84 fracción IV de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Aguascalientes, señalando que se da respuesta a cada una de sus preguntas bajo la mecánica de “pregunta – respuesta”: ¿ Cuál es el fundamento jurídico para realizar geolocalizaciones o Localizaciones Geográficas de teléfonos? Respuesta: Se le informa que dicha acción se encuentra sustentada bajo el supuesto “intervención de comunicaciones privadas”, ello en el texto vigente del CODIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES bajo los siguientes preceptos: …”Artículo 302. Deber de secrecía Quienes participen en alguna intervención de comunicaciones privadas deberán observar el deber de secrecía sobre el contenido de las mismas. Artículo 303. Localización geográfica en tiempo real y solicitud de entreArchivo adjuntoDescargarFolioAGS-IP-010054824000508

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaSiRespuestaEntrega de Información Vía PNTTipo de respuestaMODALIDADMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta05/08/2024Fecha solicitud término25/07/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deAguascalientesSector de la dependenciaOrganismos Autónomos