Aguascalientes - FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES - (AGS)

Solicitud del día 23/07/2024 a la dependencia Aguascalientes - FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES - (AGS) del órgano Aguascalientes

DescripciónCon fundamento en los artículos 6° y 8° Constitucionales así como los artículos 3°, 9°, 36° y 30°, en su fracción I, III y IV, que al calce señala (Artículo 30 fracción I; Recabar y difundir la información a que se refiere el Artículo 9° además de propiciar que las áreas administrativas la actualicen periódicamente, Artículo 30 fracción III; Auxiliar a los particulares en la elaboración de solicitudes y, en su caso, orientarlos sobre las Dependencias o Entidades u otros Sujetos Obligados que pudieran tener la información que solicitan; Artículo 30 fracción IV; Realizar los trámites internos de cada dependencia o entidad, necesarios para entregar la información solicitada, además de efectuar las notificaciones a los particulares), de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes, solicito respetuosamente: Se me PROPORCIONE la información que se detalla a continuación; Si el día 17 o 18 del mes de abril del año 2024, fue encontrada una osamenta en la calle Poder Legislativo número 212, en el Barrio de La Purísima. Señalando en la respuesta si se trata de restos oseos humanos. DOCUMENTACIÓN que solicito desde este momento me sea entregada POR ESTE MEDIO, previa notificación que se me haga a mi correo rodolfofranco2000@gmail.com. Respuesta del día24/07/2024Texto de respuestaAguascalientes, Aguascalientes, a veinticuatro de julio del dos mil veinticuatro. Vista la solicitud registrada en la Plataforma Nacional de Transparencia con el número de folio 010054824000513, asignada a la Unidad de Transparencia de la Fiscalía General del Estado de Aguascalientes en fecha del veinticuatro de julio del dos mil veinticuatro. Consecuentemente con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 2 fracción IX, 4, 6, 10, primer párrafo, 11 primer párrafo, 12, 44 y 71 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus municipios, 121, 123, 124 y 125 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, téngase por recibida la solicitud de referencia, ábrase expediente y regístrese en el Libro de Gobierno con el número que le corresponda, siendo éste el PNT. 512 010054824000513/2024. De igual manera téngasele como señalado de su parte correo electrónico y/o domicilio para oír y recibir notificaciones indicado en la Plataforma Nacional de Transparencia. En atención a su solicitud de información en la que requiere: …” Con fundamento en los artículos 6° y 8° Constitucionales así como los artículos 3°, 9°, 36° y 30°, en su fracción I, III y IV, que al calce señala (Artículo 30 fracción I; Recabar y difundir la información a que se refiere el Artículo 9° además de propiciar que las áreas administrativas la actualicen periódicamente, Artículo 30 fracción III; Auxiliar a los particulares en la elaboración de solicitudes y, en su caso, orientarlos sobre las Dependencias o Entidades u otros Sujetos Obligados que pudieran tener la información que solicitan; Artículo 30 fracción IV; Realizar los trámites internos de cada dependencia o entidad, necesarios para entregar la información solicitada, además de efectuar las notificaciones a los particulares), de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes, solicito respetuosamente: Se me PROPORCIONE la información que se detalla a continuación; Si el día 17 o 18 del mes de abril del año 2024, fue encontrada una osamenta en la calle Poder Legislativo número 212, en el Barrio de La Purísima. Señalando en la respuesta si se trata de restos oseos humanos. DOCUMENTACIÓN que solicito desde este momento me sea entregada POR ESTE MEDIO, previa notificación que se me haga a mi correo rodolfofranco2000@gmail.com.”… Vista la presente solicitud de información esta Unidad de Transparencia procede a analizarla y a brindar la oportuna contestación de conformidad con los artículos 45 y 131 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, así como 84 fracción IV de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Aguascalientes: En atención a las preguntas que integran su solicitud, se le informa que la forma de sistematización de la Fiscalía General del Estado es a través de número de carpeta de investigación o por incidencia delictiva (delito), no por la fecha ni lugar de los hechos, situación por la que con los datos que proporciona no se puede realizar una búsqueda en el Sistema de Procuración de Justicia (SIPJ) que es en el sistema que se llevan o integran las carpetas de investigación. Se procede explicar cuál es la causa por la que se sistematiza o registra por número de carpeta y no por la fecha ni lugar de los hechos: I. La búsqueda por carpeta de investigación brinda certeza y evita errores ortográficos en el nombre de las personas así como homónimos. II. El Código Nacional de Procedimientos Penales señala en su artículo 112, que deberá de manejarse una “denominación genérica por parte del Ministerio Público”. Situación que nos lleva a manejar términos generales como víctima/imputado, además de realizar búsquedas y registros sólo por el número de carpeta de investigación. III. Para el Proceso penal, el Código Nacional de Procedimientos Penales establece en el artículo 105, que los sujetos del procedimiento son “victima u ofendido”, “asesor jurídicoArchivo adjuntoDescargarFolioAGS-IP-010054824000513

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaEntrega de Información Vía PNTTipo de respuestaMODALIDADMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta07/08/2024Fecha solicitud término24/07/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deAguascalientesSector de la dependenciaOrganismos Autónomos