Aguascalientes - FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES - (AGS)

Solicitud del día 16/08/2024 a la dependencia Aguascalientes - FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES - (AGS) del órgano Aguascalientes

DescripciónQUIERO SABER SI YA INDEMNIZARON A LA FAMILIA DEL POLICIA QUE MURIO HACE POCO EN UN SOCABON QUE SE HIZO POR LAS LLUVIAS EN ALAMEDA Y QUE HECHO LA POLICIA Y LA FISCALÍA PARA AYUDAR A LA FAMILIARespuesta del día20/08/2024Texto de respuestaAguascalientes, Aguascalientes, a veinte de agosto del dos mil veinticuatro. Vista la solicitud registrada en la Plataforma Nacional de Transparencia con el número de folio 010054824000560, asignada a la Unidad de Transparencia de la Fiscalía General del Estado de Aguascalientes en fecha del diecinueve de agosto del dos mil veinticuatro. Consecuentemente con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 2 fracción IX, 4, 6, 10, primer párrafo, 11 primer párrafo, 12, 44 y 71 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus municipios, 121, 123, 124 y 125 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, téngase por recibida la solicitud de referencia, ábrase expediente y regístrese en el Libro de Gobierno con el número que le corresponda, siendo éste el PNT. 559 010054824000560/2024. De igual manera téngasele como señalado de su parte correo electrónico y/o domicilio para oír y recibir notificaciones indicado en la Plataforma Nacional de Transparencia. En atención a su solicitud de información en la que requiere: …”QUIERO SABER SI YA INDEMNIZARON A LA FAMILIA DEL POLICIA QUE MURIO HACE POCO EN UN SOCABON QUE SE HIZO POR LAS LLUVIAS EN ALAMEDA Y QUE HECHO LA POLICIA Y LA FISCALÍA PARA AYUDAR A LA FAMILIA”… Vista la presente solicitud de información esta Unidad de Transparencia procede analizar y brindar oportuna contestación de conformidad con los artículos 45 y 131 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, así como 84 fracción IV de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Aguascalientes. En atención al requerimiento que integra la solicitud de información, se le hace saber al solicitante que la Fiscalía General del Estado de Aguascalientes no es competente para dar a conocer dicha información. Lo anterior, en aras de lo determinado en el artículo 136 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, el cual de manera textual señala: “Artículo 136. Cuando las Unidades de Transparencia determinen la notoria incompetencia por parte de los sujetos obligados, dentro del ámbito de su aplicación, para atender la solicitud de acceso a la información, deberán comunicarlo al solicitante, dentro de los tres días posteriores a la recepción de la solicitud y, en caso de poderlo determinar, señalar al solicitante el o los sujetos obligados competentes. Si los sujetos obligados son competentes para atender parcialmente la solicitud de acceso a la información, deberá dar respuesta respecto de dicha parte. Respecto de la información sobre la cual es incompetente se procederá conforme lo señala el párrafo anterior”. (Sic) En este contexto tras los hechos del pasado veintisiete de julio del año dos mil veinticuatro en los que perdió la vida un policía y en atención a informar si ya fue indemnizada la familia o no, se comunica que el elemento estaba adscrito a la Secretaría de Seguridad Pública Municipal, por lo que corresponde a esa corporación policiaca realizar el pago del seguro y percepciones así como en su caso proceder a realizar alguna indemnización, ello en atención al Manual de Remuneraciones de los Servidores Públicos del Municipio de Aguascalientes. Por lo que corresponde a la Fiscalía General del Estado, no corresponde brindar indemnización alguna. Se da con lo anterior por cumplido el derecho de acceso a la información de conformidad con el artículo 136 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Dígasele al solicitante que de conformidad con el artículo 75 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios, procede el Recurso de Revisión ante Instituto de Transparencia del Estado de Aguascalientes, en términos de lo establecido por el Capítulo I Título OcArchivo adjuntoDescargarFolioAGS-IP-010054824000560

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaEntrega de Información Vía PNTTipo de respuestaMODALIDADMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta30/08/2024Fecha solicitud término20/08/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deAguascalientesSector de la dependenciaOrganismos Autónomos