Aguascalientes - FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES - (AGS)
Solicitud del día 27/08/2024 a la dependencia Aguascalientes - FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES - (AGS) del órgano Aguascalientes
DescripciónBuenos días. Necesito la siguiente información, por favor: *¿Han tenido casos de desaparición forzada en los últimos tres años en Aguascalientes? Si es así, ¿Cuántos se han registrado?, ¿Hay detenidos?, ¿En qué zonas del estado se han registrado?, ¿Cuáles han sido los motivos? *Sobre la situación en el Semefo, ¿Cuántos cuerpos tienen sin reclamar y desde cuando?, ¿Cuántos son hombres y mujeres?, ¿Cuáles fueron las causas de su fallecimiento?, ¿Dónde fueron encontrados?, ¿Cuál es el límite de años en los que tendrían que ser reclamados, si no qué pasa con ellos?Otros datosAguascalientes. Semefo. Desaparición forzada.Respuesta del día05/09/2024Texto de respuestaAguascalientes, Aguascalientes, a cinco de septiembre del dos mil veinticuatro. Vista la solicitud registrada en la Plataforma Nacional de Transparencia con el número de folio 010054824000576, asignada a la Unidad de Transparencia de la Fiscalía General del Estado de Aguascalientes en fecha del veintisiete de agosto del dos mil veinticuatro. Consecuentemente con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 2 fracción IX, 4, 6, 10, primer párrafo, 11 primer párrafo, 12, 44 y 71 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus municipios, 121, 123, 124 y 125 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, téngase por recibida la solicitud de referencia, ábrase expediente y regístrese en el Libro de Gobierno con el número que le corresponda, siendo éste el PNT.575 010054824000576/2024. De igual manera téngasele como señalado de su parte correo electrónico y/o domicilio para oír y recibir notificaciones indicado en la Plataforma Nacional de Transparencia. En atención a su solicitud de información en la que requiere: …”Buenos días. Necesito la siguiente información, por favor: *¿Han tenido casos de desaparición forzada en los últimos tres años en Aguascalientes? Si es así, ¿Cuántos se han registrado?, ¿Hay detenidos?, ¿En qué zonas del estado se han registrado?, ¿Cuáles han sido los motivos? *Sobre la situación en el Semefo, ¿Cuántos cuerpos tienen sin reclamar y desde cuándo?, ¿Cuántos son hombres y mujeres?, ¿Cuáles fueron las causas de su fallecimiento?, ¿Dónde fueron encontrados?, ¿Cuál es el límite de años en los que tendrían que ser reclamados, si no qué pasa con ellos?”… Vista la presente solicitud de información se procede a analizarla y girar los oficios correspondientes por parte de esta Unidad de Transparencia con fundamento en los 45 y 131 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, artículos 84 fracción IV de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Aguascalientes. La Unidad de Transparencia procede a requerir al Director General de Innovación, Planeación y Desarrollo Tecnológico quien atendió la solicitud de información así como al Director General de Investigación Pericial de la Fiscalía General del Estado de Aguascalientes, lo anterior de conformidad con los artículos 48, 50, 76, 77 y 78 de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Aguascalientes. Esta autoridad considera importante hacer del conocimiento del solicitante que los delitos de de desaparición forzada de personas y de desaparición cometida por particulares se encuentran regulados en la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas. …“Artículo 27. Comete el delito de desaparición forzada de personas, el servidor público o el particular que, con la autorización, el apoyo o la aquiescencia de un servidor público, prive de la libertad en cualquier forma a una persona, seguida de la abstención o negativa a reconocer dicha privación de la libertad o a proporcionar la información sobre la misma o su suerte, destino o paradero. …(…) Artículo 34. Incurre en el delito de desaparición cometida por particulares quien prive de la libertad a una persona con la finalidad de ocultar a la víctima o su suerte o paradero. A quien cometa este delito se le impondrá pena de veinticinco a cincuenta años de prisión y de cuatro mil a ocho mil días multa…” (Sic) Aunado a ello y respecto a su petición de conocer el número de denuncias y/o carpetas de investigación iniciadas por el delito de desaparición forzada de personas, en aras del principio de máxima transparencia se le brinda el histórico por el delio que solicita, ello bajo la siguiente tabla con la desagregación respectiva por la cual se le informa año, mes y cantidad de denuncias: Denuncias presentadas ante el Ministerio Público por el delito de Desaparición forzada de persona Del 01 de Enero dArchivo adjuntoDescargarFolioAGS-IP-010054824000576