Aguascalientes - FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES - (AGS)
Solicitud del día 30/08/2024 a la dependencia Aguascalientes - FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES - (AGS) del órgano Aguascalientes
DescripciónA quien corresponda presente: Referente a las acciones realizadas por su gobierno en materia de prevención y combate del robo de hidrocarburos en el periodo de 2000 a 2024, amablemente se solicita la siguiente información: 1. Diagnósticos que se hallan elaborado sobre el robo de hidrocarburos en México de 2000 a 2024 . 2. Descripción de las acciones realizadas para prevenir y combatir el robo de hidrocarburos en cada una de las etapas que intervienen en la cadena de comercialización de hidrocarburos o petrolíferos (producción, transporte, almacenamiento, distribución y comercialización) de 2000 a 2024. 2.1 Acciones estatales 2.2 Acciones emprendidas en coordinación con la federación 2.3 Acciones para atacar las estructuras financieras de las organizaciones criminales que participan en este delito. 2.4 Acciones de extinción de dominio. 2.5 Acciones de regulación 2.6 Descripción de las acciones de regulación, verificación y supervisión: número de medidas de prevención por entidad federativa. 2.7 Acciones sobre fortalecimiento de capacidades en materia de seguridad pública en su entidad federativa. 3. Reportes o informes de mejores prácticas identificadas para combatir el robo de hidrocarburos. Respuesta del día03/09/2024Texto de respuestaAguascalientes, Aguascalientes, a tres de septiembre del dos mil veinticuatro. Vista la solicitud registrada en la Plataforma Nacional de Transparencia con el número de folio 010054824000582, asignada a la Unidad de Transparencia de la Fiscalía General del Estado de Aguascalientes en fecha del dos de septiembre del dos mil veinticuatro. Consecuentemente con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 2 fracción IX, 4, 6, 10, primer párrafo, 11 primer párrafo, 12, 44 y 71 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus municipios, 121, 123, 124 y 125 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, téngase por recibida la solicitud de referencia, ábrase expediente y regístrese en el Libro de Gobierno con el número que le corresponda, siendo éste el PNT. 581 010054824000582/2024. De igual manera téngasele como señalado de su parte correo electrónico y/o domicilio para oír y recibir notificaciones indicado en la Plataforma Nacional de Transparencia. En atención a su solicitud de información en la que requiere: …” A quien corresponda presente: Referente a las acciones realizadas por su gobierno en materia de prevención y combate del robo de hidrocarburos en el periodo de 2000 a 2024, amablemente se solicita la siguiente información: 1. Diagnósticos que se hallan elaborado sobre el robo de hidrocarburos en México de 2000 a 2024 . 2. Descripción de las acciones realizadas para prevenir y combatir el robo de hidrocarburos en cada una de las etapas que intervienen en la cadena de comercialización de hidrocarburos o petrolíferos (producción, transporte, almacenamiento, distribución y comercialización) de 2000 a 2024. 2.1 Acciones estatales 2.2 Acciones emprendidas en coordinación con la federación 2.3 Acciones para atacar las estructuras financieras de las organizaciones criminales que participan en este delito. 2.4 Acciones de extinción de dominio. 2.5 Acciones de regulación 2.6 Descripción de las acciones de regulación, verificación y supervisión: número de medidas de prevención por entidad federativa. 2.7 Acciones sobre fortalecimiento de capacidades en materia de seguridad pública en su entidad federativa. 3. Reportes o informes de mejores prácticas identificadas para combatir el robo de hidrocarburos.”… Vista la presente solicitud de información esta Unidad de Transparencia procede a analizarla y a brindar la puntual contestación con fundamento en el artículo 45 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, por lo que se expone lo siguiente. Es primordial tener en consideración que de conformidad con el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la materia de Hidrocarburos, corresponde a la autoridad federal. La competencia federal en materia de hidrocarburos en México se regula de la siguiente manera: a) Comisión Nacional de Hidrocarburos (CNH): Es una dependencia del Poder Ejecutivo Federal que tiene autonomía técnica y presupuestaria. Entre sus objetivos está garantizar la maximización del valor del hidrocarburo de México. b) Ley de Hidrocarburos: Esta Ley regula las actividades de la cadena de valor de los hidrocarburos. c) Artículo 73, fracción X de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Faculta al Congreso de la Unión para regular la materia de Hidrocarburos. d) Reforma Energética de 2013: Promulgó la Ley de Hidrocarburos e) Ley Federal para Prevenir y sancionar los delitos cometidos en materia de Hidrocarburos. La Constitución establece que las actividades de los hidrocarburos están sujetas a un régimen de libre competencia y abiertas a la participación privada. Es así, en atención a su solicitud de información que se ha fundamentado que la materia de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos corresponde al fuero federal, y no a los estados. Por tanto el diagnostico que solicita, deberá de ser respondido y atendido por una autoridad federal al igual que las acArchivo adjuntoDescargarFolioAGS-IP-010054824000582