Aguascalientes - FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES - (AGS)

Solicitud del día 02/10/2024 a la dependencia Aguascalientes - FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES - (AGS) del órgano Aguascalientes

DescripciónProceso legal de Rodrigo Emiliano Lozano Trejo Respuesta del día08/10/2024Texto de respuestaAguascalientes, Aguascalientes, a ocho de octubre del dos mil veinticuatro. Vista la solicitud registrada en la Plataforma Nacional de Transparencia con el número de folio 010054824000647, asignada a la Unidad de Transparencia de la Fiscalía General del Estado de Aguascalientes en fecha dos de octubre del dos mil veinticuatro. Consecuentemente con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 2 fracción IX, 4, 6, 10, primer párrafo, 11 primer párrafo, 12, 44 y 71 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus municipios, 121, 123, 124 y 125 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, téngase por recibida la solicitud de referencia, ábrase expediente y regístrese en el Libro de Gobierno con el número que le corresponda, siendo éste el PNT. 646 010054824000647/2024. De igual manera téngasele como señalado de su parte correo electrónico y/o domicilio para oír y recibir notificaciones indicado en la Plataforma Nacional de Transparencia. En atención a su solicitud de información en la que requiere: …”Proceso legal de Rodrigo Emiliano Lozano Trejo”… Vista la presente solicitud de información esta Unidad de Transparencia procede analizar y brindar oportuna contestación de conformidad con los artículos 45 y 131 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, así como 84 fracción IV de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Aguascalientes, señalando: Se le hace de conocimiento al solicitante que toda información que se requiera de una Carpeta de Investigación, sólo los sujetos dentro del procedimiento , son quienes podrán acudir al ministerio público y solicitar todo acto de investigación que se consideraren pertinentes y le podrá entregar la información en concreto, ello en atención al artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que establece: Es así, que sólo estas autoridades referidas en el artículo que antecede tienen facultad sobre la investigación y por tanto sólo ellas podrán informar sobre la carpeta de investigación. A efecto de respaldar la disposición constitucional procede citar: …”Artículo 129. Deber de objetividad y debida diligencia (…) Durante la investigación, tanto el imputado como su Defensor, así como la víctima o el ofendido, podrán solicitar al Ministerio Público todos aquellos actos de investigación que consideraren pertinentes y útiles para el esclarecimiento de los hechos. El Ministerio Público dentro del plazo de tres días resolverá sobre dicha solicitud. Para tal efecto, podrá disponer que se lleven a cabo las diligencias que se estimen conducentes para efectos de la investigación.”… En este sentido, si usted es parte del proceso en términos del artículo105 del Código Nacional de Procedimientos Penales y desea conocer el estado o avances relacionados con una Carpeta de Investigación en cuestión, toda vez que es un trámite personal y presencial se le invita a que acuda a las oficinas de la Unidad de Robos ubicada en Av. Héroe de Nacozari No. 201, Barrio la Purísima. Aguascalientes, Ags. C.P. 20259, en un horario de atención de lunes a viernes de 08:00 a 16:00 horas. Se da con lo anterior por cumplido el derecho de acceso a la información de conformidad con el artículo 130 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Dígasele al solicitante que de conformidad con el artículo 75 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios, procede el Recurso de Revisión ante Instituto de Transparencia del Estado de Aguascalientes, en términos de lo establecido por el Capítulo I Título Octavo de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Conforme a la información rendida por la Vice Fiscalía de Investigación delArchivo adjuntoDescargarFolioAGS-IP-010054824000647

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaEntrega de Información Vía PNTTipo de respuestaMODALIDADMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta16/10/2024Fecha solicitud término08/10/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deAguascalientesSector de la dependenciaOrganismos Autónomos