Aguascalientes - UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE AGUASCALIENTES - (AGS)

Solicitud del día 17/06/2024 a la dependencia Aguascalientes - UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE AGUASCALIENTES - (AGS) del órgano Aguascalientes

DescripciónSegún señala el Artículo 129 de la Ley General de Trasparencia y Acceso a la Información Pública, que señala que; “Los sujetos obligados deberán otorgar acceso a los Documentos que se encuentren en sus archivos o que estén obligados a documentar de acuerdo con sus facultades, competencias o funciones en el formato en que el solicitante manifieste, de entre aquellos formatos existentes, conforme a las características físicas de la información o del lugar donde se encuentre así lo permita.” En el Artículo 23 de la Ley Orgánica de la UAA; “Se creará la Comisión Ejecutiva Universitaria presidida por el Rector e integrada por el secretario general y los titulares de las unidades académicas y de apoyo de primer nivel…Tendrá las funciones de consulta para el Rector y de coordinación para los funcionarios de primer nivel de la Universidad, elaborará dictámenes para apoyar las decisiones del Consejo Universitario y del Rector. En el Artículo 126 del Estatuto de la misma Ley, se señala que; “La Comisión Ejecutiva Universitaria se reunirá por lo menos dos veces al mes, en las fechas que indique el Rector, para ejercer sus funciones como mecanismo de consulta del Rector y de coordinación para funcionarios de primer nivel.” Mientras que en el artículo 127 se señalan todas las facultades de esta. Dentro de las obligaciones y atribuciones del Secretario General, señaladas en el artículo 67, fracción II, señala que debe de; “Convocar y organizar las sesiones del Consejo Universitario y de la Comisión Ejecutiva Universitaria, efectuar la comunicación de los acuerdos y resoluciones, así como su sistematización y resguardo;” y de acuerdo con lo señalado en el Artículo 3, fracción VII de la LGTAIP, que señala que; “Documento: Los expedientes, reportes, estudios, actas, resoluciones, oficios, correspondencia, acuerdos, directivas, directrices, circulares, contratos, convenios, instructivos, notas, memorandos, estadísticas o bien, cualquier otro registro que documente el ejercicio de las facultades, funciones y competencias de los sujetos obligados, sus Servidores Públicos e integrantes, sin importar su fuente o fecha de elaboración. Los documentos podrán estar en cualquier medio, sea escrito, impreso, sonoro, visual, electrónico, informático u holográfico;” Por lo anterior, peticionamos en formato digital todas las Actas de todas las sesiones de la Comisión Ejecutiva Universitaria incluyendo la de la celebrada el día 17 de junio de 2024. POS SCRIPTUM; A sabiendas de que todo órgano de gobierno de máxima dirección no debe tener temas privados, y en su caso, si los tiene en ese momento, deben justificar y motivar tal decisión y aun de sesiones privadas, deben de dar a conocer las acta donde se dé cuenta de manifestaciones o personas asistentes y actos de autoridad celebrados, pedimos respetuosamente al organismo garante que en el análisis de esta “queja” y en su estudio de fondo se analice la situación y opacidad de lo que define la comisión Ejecutiva Universitaria para exhortar al sujeto obligado a implementar un apartado en datos abiertos para publicar las actas de la sesiones.Respuesta del día01/07/2024Texto de respuestaREVISAR DOCUMENTO ADJUNTOArchivo adjuntoDescargarFolioAGS-IP-010055124000272

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaEntrega de Información Vía PNTTipo de respuestaMODALIDADMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta01/07/2024Fecha solicitud término01/07/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deAguascalientesSector de la dependenciaOrganismos Autónomos