Aguascalientes - SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES ESTATALES Y MUNICIPALES DE AGUASCALIENTES - (AGS)

Solicitud del día 06/09/2024 a la dependencia Aguascalientes - SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES ESTATALES Y MUNICIPALES DE AGUASCALIENTES - (AGS) del órgano Aguascalientes

DescripciónSolo soy un ciudadano que esta peticionando por justicia que no se me ha dado aunque la he estado pidiendo ya por varios años a todas las instancias de gobierno y autoridades , espero tengan a bien tener empatía y leer a fondo mi problema en documento Word adjunto, se que posiblemente estén muy ocupados en asuntos más importantes y que desechen una vez más como ya lo han hecho mi petición de apoyo esgrimiendo incompetencia, y la misma ley, solo les pido eso, que tengan la voluntad y que si no es de su competencia me apoyen reencauzando mi petición y denuncia al sujeto obligado idóneo (poseo toda la documentación de pruebas y documentos legales los cuales están dispuestos para el momento que se me soliciten). Por su atención, comprensión y empatía les agradezco de antemano. Otros datos.Respuesta del día09/09/2024Texto de respuestaSINDICATO UNICO DE TRABAJADORES ESTATALES Y MUNICIPALES DE AGUASCALIENTES. PROCEDIMIENTO DE ACCESO A LA INFORMACION P.A.I. 002. 011223224000002/2024 Aguascalientes, Aguascalientes, a 09 de septiembre del año 2024. Vista la solicitud registrada ante la Plataforma Nacional de Transparencia, con el número de folio 011223224000002, presentada el día 06 de Septiembre del año 2024, realizada por "teresa paredes daren”; y así mismo señala como medio para oír y recibir la Plataforma Nacional de Transparencia, consecuentemente con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 2, 4, 7,10 primer párrafo, 11 primer párrafo, 12, 44 y 71 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios, téngase por recibida la solicitud de referencia, ábrase expediente y regístrese en el libro de gobierno con el número que le corresponda, siendo éste el P.A.I. 002, de igual manera téngasele como señalado de su parte la Plataforma Nacional de Transparencia para oír y recibir notificaciones. Con fundamento en lo dispuesto por el Artículo 71 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios; en atención a su solicitud donde textualmente dice: “Solo soy un ciudadano que esta peticionando por justicia que no se me ha dado aunque la he estado pidiendo ya por varios años a todas las instancias de gobierno y autoridades , espero tengan a bien tener empatía y leer a fondo mi problema en documento Word adjunto, se que posiblemente estén muy ocupados en asuntos más importantes y que desechen una vez más como ya lo han hecho mi petición de apoyo esgrimiendo incompetencia, y la misma ley, solo les pido eso, que tengan la voluntad y que si no es de su competencia me apoyen reencauzando mi petición y denuncia al sujeto obligado idóneo (poseo toda la documentación de pruebas y documentos legales los cuales están dispuestos para el momento que se me soliciten). Por su atención, comprensión y empatía les agradezco de antemano.”RESPUESTA: En atención a su solicitud y en respuesta de la misma, el Titular de la Unidad de Transparencia del Sindicato Único de Trabajadores Estatales y Municipales de Aguascalientes, hace de su conocimiento lo siguiente: Con fundamento en el artículo 72 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios, el Titular de la Unidad de Transparencia se declara notoriamente incompetente para responder a su solicitud, toda vez que, dicha información no versa dentro del ámbito de competencia de esta Organización Sindical. Con lo anterior se da por cumplido el deber de acceso a la información. Dígasele al promovente que en contra del presente acuerdo procede de manera opcional el recurso de revisión de conformidad con el artículo 75 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios, ante el Instituto de Transparencia del Estado de Aguascalientes, en términos de lo establecido por el Capítulo I, Título Octavo de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.Notifíquese al solicitante por correo electrónico; Así mismo se habilitan horas inhábiles, para la realización de la notificación del presente al interesado con fundamento, en el artículo 125 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en relación con el artículo 34 de la Ley del Procedimiento Administrativo del Estado de Aguascalientes, lo anterior toda vez que la práctica de la notificación será a su correo electrónico.Así lo proveyó y firma el suscrito C. Silvia Socorro Chávez Gómez, Titular de la Unidad de Transparencia del Sindicato Único de Trabajadores Estatales y Municipales de Aguascalientes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios, y el artículo 45 de la Ley de General de Transparencia y AIP.Archivo adjuntoDescargarFolioAGS-IP-011223224000002

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaEntrega de Información Vía PNTTipo de respuestaMODALIDADMedio de entregaCualquier otro medio incluido los electrónicosFecha limite de respuesta23/09/2024Fecha solicitud término09/09/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deAguascalientesSector de la dependenciaSindicatos