Aguascalientes - INSTITUTO MUNICIPAL DE LA MUJER DE AGUASCALIENTES - (AGS)
Solicitud del día 14/07/2024 a la dependencia Aguascalientes - INSTITUTO MUNICIPAL DE LA MUJER DE AGUASCALIENTES - (AGS) del órgano Aguascalientes
DescripciónA cuantos hombres se atienden por año. y en caso de no brindarles el servicio, fundar y motivar la respuesta.Respuesta del día19/07/2024Texto de respuestaUNIDAD DE TRANSPARENCIA DEL INSTITUTO MUNICIPAL DE LA MUJER DE AGUASCALIENTES Expediente: PNT 011701024000009/IMMA/2024 Aguascalientes, Aguascalientes, a diecinueve de julio de dos mil veinticuatro. Se tiene por recibida la solicitud de información presentada a través del Sistema de Solicitudes de Información del Estado de Aguascalientes integrante de la Plataforma Nacional de Transparencia, por parte de “Estheban de Anda”, el quince de julio de dos mil veinticuatro, registrada con número de folio 011701024000009.- Con la finalidad de dar respuesta a su solicitud. Vista la solicitud de información mediante la cual solicita: “A cuantos hombres se atienden por año. y en caso de no brindarles el servicio, fundar y motivar la respuesta. En respuesta a la solicitud planteada, se le da contestación de la siguiente manera: Respecto a la información solicitada, se le informa que, según las atribuciones previstas por el Reglamento del Instituto Municipal de la Mujer de Aguascalientes, en su artículo 5 este Instituto no está facultado para brindar atenciones a hombres. Sin embargo, cabe señalar que, derivado de la Ley De Acceso de Las Mujeres A Una Vida Libre De Violencia para el Estado de Aguascalientes, este Instituto ejecuta un programa reeducativo para los hombres que ejercen violencia. Aunado a lo anterior se hace de su conocimiento que en lo que va del año 2024, se han impartido sesiones grupales a través del Programa “Hombres Trabajando Por Una Vida Libre De Violencia” con una concurrencia de 54 hombres. Se le informa al solicitante que con fundamento en el artículo 142 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en contra del presente acuerdo procede el Recurso de Revisión de manera directa o por medios electrónicos ante el Instituto de Transparencia del Estado de Aguascalientes o ante ésta Unidad de Transparencia del Municipio de Aguascalientes, teniendo un término de quince días siguientes a la fecha de la notificación de respuesta, para la interposición de dicho recurso. Así lo proveyó y firma el suscrito Lic. Ismael Valdivia Frías, Titular de la Unidad de Transparencia del Instituto Municipal de la Mujer de Aguascalientes.Archivo adjuntoDescargarFolioAGS-IP-011701024000009