Aguascalientes - COORDINACIÓN GENERAL DE MOVILIDAD - (AGS)
Solicitud del día 03/11/2023 a la dependencia Aguascalientes - COORDINACIÓN GENERAL DE MOVILIDAD - (AGS) del órgano Aguascalientes
DescripciónPor medio del presente ocurso, solicito se me proporcione la información pública que, como respuesta se llegue a generar u otorgar por la Dependencia a su digno cargo; ello con relación al contenido del documento adjunto a esta consulta. Cabe destacar que, la misma deberá ser examinada en todas y cada una de sus partes, incluyendo los vínculos digitales que le remitan adecuadamente a las carpetas respectivas, mismas que almacenan diversa información documental de relevancia, los cuales, se deben analizar a detalle para otorgar la contestación apropiada a la presente solicitud; formulada con fundamento en los artículos 1, 8 y 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. En caso de no ser la autoridad competente, les pido porfavor remitir está solicitud al Despacho de la Gobernadora Constitucional del Estado de Tlaxcala, para su devida atención y pronta respuesta, su correo electrónico oficial es: secretariaparticular@tlaxcala.gob.mx o también al correo de la autoridad responsable de todo esto lutorahe@gmail.com e ivan.garcia.100592@gmail.com, por su atención les agradezco enormemente en coadyuvar con el reconocimiento, respeto, protección y defensa de mis derechos humanos que fueron amplia y sistemática transgredidos por servidores públicos del Estado Mexicano.Otros datosACTOS DE CORRUPCIÓN: https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis DEBER DE HACER: https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/196503 DEBER DE SANCIONAR: https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/163182 DEBER DE SOLUCIONAR: https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/165121 BUENA ADMINISTRACIÓN: https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/2023930Respuesta del día21/11/2023Texto de respuestaAguascalientes, a veintiuno de noviembre de dos mil veintitrés. I. ADMISIÓN VISTA para resolver la solicitud de información registrada ante la Plataforma Nacional de Transparencia, con número de folio 011755723000111, presentada por “Luis Eliseo Arteaga Uribe”, y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 2, 4, 7, 13, 19, 23, 25, 45, y 132 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, así como 1, 2, 4, 7, 10, primer párrafo, 12, 44 y 71 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios, se tiene por recibida la solicitud de referencia. Para tales efectos ábrase el expediente que le corresponda y regístrese en el Libro de Gobierno con el número P.A.I. 111/011755723000111/2023-PNT. II. PRONUNCIAMIENTO EN CUANTO AL FONDO Por otro lado, en cuanto al fondo de la consulta: “Por medio del presente ocurso, solicito se me proporcione la información pública que, como respuesta se llegue a generar u otorgar por la Dependencia a su digno cargo; ello con relación al contenido del documento adjunto a esta consulta. Cabe destacar que, la misma deberá ser examinada en todas y cada una de sus partes, incluyendo los vínculos digitales que le remitan adecuadamente a las carpetas respectivas, mismas que almacenan diversa información documental de relevancia, los cuales, se deben analizar a detalle para otorgar la contestación apropiada a la presente solicitud; formulada con fundamento en los artículos 1, 8 y 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. En caso de no ser la autoridad competente, les pido porfavor remitir está solicitud al Despacho de la Gobernadora Constitucional del Estado de Tlaxcala, para su devida atención y pronta respuesta, su correo electrónico oficial es: secretariaparticular@tlaxcala.gob.mx o también al correo de la autoridad responsable de todo esto lutorahe@gmail.com e ivan.garcia.100592@gmail.com, por su atención les agradezco enormemente en coadyuvar con el reconocimiento, respeto, protección y defensa de mis derechos humanos que fueron amplia y sistemática transgredidos por servidores públicos del Estado Mexicano.” De conformidad con las facultades previstas en el artículo 41 de la Ley Orgánica de la Administración Pública; y 13 de la Ley de Movilidad del Estado de Aguascalientes, este Sujeto Obligado es notoriamente incompetente para resolver su solicitud de información. Asimismo, se informa que de su solicitud se desprende que en caso de incompetencia se remita al Despacho de la Gobernadora del Estado de Tlaxcala, sin embargo al ser una entidad federativa distinta del Estado de Aguascalientes, la Plataforma Nacional de Transparencia no permite la reasignación a ese sujeto obligado. III. PROCEDENCIA DE RECURSOS Y ORDEN DE NOTIFICACIÓN Dígasele al solicitante que en contra del presente acuerdo procede, de manera opcional el recurso de reclamación de conformidad con el artículo 75 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios, ante el Instituto de Transparencia del Estado de Aguascalientes, en términos de lo establecido por el Capítulo I, Título Octavo de la citada ley. Notifíquese al solicitante por correo electrónico. Asimismo, se habilitan horas inhábiles para la realización de la notificación de referencia, lo anterior con fundamento en el artículo 125 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en relación con el diverso numeral 34 de la Ley del Procedimiento Administrativo del Estado de Aguascalientes, ello porque la notificación ordenada se realizará por medio del correo electrónico del peticionario. Así lo proveyó y firma el Licenciado César Omar Aceves de Luna, autorizado para dar trámite a las solicitudes de información de transparencia de la Coordinación General de Movilidad, de conformidad con lo establecido en el artículo 45 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información PúblicaArchivo adjuntoDescargarFolioAGS-IP-011755723000111