Aguascalientes - COORDINACIÓN GENERAL DE MOVILIDAD - (AGS)

Solicitud del día 21/02/2024 a la dependencia Aguascalientes - COORDINACIÓN GENERAL DE MOVILIDAD - (AGS) del órgano Aguascalientes

DescripciónSolicito la información correspondiente a todos y cada uno de los requisitos que debe cubrir un beneficiario de concesión de taxi, para que esta pueda ser liberada o entregada, así mismo que se indique que requisitos son indispensables para tal efecto. Solicito la información o requisitos concretos para acceder a mi expediente físico que resguarda la coordinación general de movilidad. Otros datosDirección Jurídica de la Coordinación General de Movilidad, Expedientes, MovilidadRespuesta del día07/03/2024Texto de respuestaAguascalientes, a seis de marzo de dos mil veinticuatro. I. ADMISIÓN VISTA para resolver la solicitud de información registrada ante la Plataforma Nacional de Transparencia, con número de folio 011755724000010, presentada por “Arturo González Pedroza”, y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 2, 4, 7, 13, 19, 23, 25, 45, y 132 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, así como 1, 2, 4, 7, 10, primer párrafo, 12, 44 y 71 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios, se tiene por recibida la solicitud de referencia. Para tales efectos ábrase el expediente que le corresponda y regístrese en el Libro de Gobierno con el número P.A.I. 10/011755724000010/2024-PNT. II. PRONUNCIAMIENTO EN CUANTO AL FONDO Por otro lado, en cuanto al fondo de la consulta: “Solicito la información correspondiente a todos y cada uno de los requisitos que debe cubrir un beneficiario de concesión de taxi, para que esta pueda ser liberada o entregada, así mismo que se indique que requisitos son indispensables para tal efecto. Solicito la información o requisitos concretos para acceder a mi expediente físico que resguarda la coordinación general de movilidad.”, Por lo que de conformidad con la información proporcionada por la Dirección General de Transporte Público se dice al peticionario lo siguiente: La información solicitada se encuentra prevista en las siguientes porciones normativas que se transcriben: Respecto a la Ley de Movilidad del Estado de Aguascalientes: “TÍTULO SÉPTIMO LAS CONCESIONES, PERMISOS Y AUTORIZACIÓN DE PLATAFORMAS TECNOLÓGICAS CAPÍTULO PRIMERO El Régimen General de las Concesiones y Permisos ARTÍCULO 172.- Para la prestación del servicio público de transporte se requiere de concesión o permiso otorgado en los términos de esta Ley y su Reglamento, atendiendo siempre al orden público e interés social, a fin de satisfacer la demanda de los usuarios, procurando un óptimo funcionamiento, cumpliendo con las tarifas, rutas, horarios, itinerarios, origen, diseño y demás elementos de operación previamente autorizados por la CMOV. En todo lo no previsto en materia de permisos a los que se hace referencia en este Capítulo, se aplicarán supletoriamente las reglas establecidas para las concesiones. ARTÍCULO 173.- La persona titular del Poder Ejecutivo del Estado, atendiendo a las necesidades públicas, facultará a la SEGGOB para otorgar, suspender o revocar las concesiones para la prestación del servicio público de transporte de personas y de bienes. ARTÍCULO 174.- Las concesiones y permisos se otorgarán exclusivamente en favor de personas de nacionalidad mexicana y con residencia en el Estado, de acuerdo a los lineamientos establecidos para cada modalidad de servicio, demostrando la capacidad técnica, jurídica y financiera para poder explotar la concesión o permiso respectivo. ARTÍCULO 175.- Las concesiones para el servicio de transporte público podrán otorgarse a: … III. Personas físicas, para el servicio de transporte público de personas en taxis. En este caso solo se podrá asignar una concesión por persona; … En las concesiones a que se refieren estas Fracciones se establecerán las bases y condiciones que deba cumplir el concesionario. La contravención de estas será causa de suspensión o revocación. ARTÍCULO 176.- El interesado en obtener concesión para prestar el servicio de transporte público, deberá presentar la solicitud ante la CMOV y reunir los siguientes requisitos: I. Ser mayor de edad; II. Señalar domicilio en el Estado para recibir notificaciones; III. Copia de la cédula donde conste el Registro Federal de Contribuyentes; IV. Acreditar la capacidad técnica, económica y aptitud para prestar personalmente el servicio; V. Expresar por escrito el motivo por el que solicita la concesión; VI. Ser propietario del vehículo objeto de la solicitud, acreditado mediante factura o documento que compruebe el dominio del vehícArchivo adjuntoDescargarFolioAGS-IP-011755724000010

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaEntrega de Información Vía PNTTipo de respuestaMODALIDADMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta06/03/2024Fecha solicitud término07/03/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deAguascalientesSector de la dependenciaPoder Ejecutivo