Aguascalientes - COORDINACIÓN GENERAL DE MOVILIDAD - (AGS)

Solicitud del día 23/02/2024 a la dependencia Aguascalientes - COORDINACIÓN GENERAL DE MOVILIDAD - (AGS) del órgano Aguascalientes

DescripciónSolicito se me informe sobre el FUNDAMENTO LEGAL para ADQUIRIR y CONDICIONAR el USO de la TARJETA YO VOY para subir a los transportes urbanos pùblicos en AguascalientesRespuesta del día08/03/2024Texto de respuestaAguascalientes, a ocho de marzo de dos mil veinticuatro. I. ADMISIÓN VISTA para resolver la solicitud de información registrada ante la Plataforma Nacional de Transparencia, con número de folio 011755724000019, presentada por “Guillermina Soriano Ramírez”, y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 2, 4, 7, 13, 19, 23, 25, 45, y 132 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, así como 1, 2, 4, 7, 10, primer párrafo, 12, 44 y 71 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios, se tiene por recibida la solicitud de referencia. Para tales efectos ábrase el expediente que le corresponda y regístrese en el Libro de Gobierno con el número P.A.I. 19/011755724000019/2024-PNT. II. PRONUNCIAMIENTO EN CUANTO AL FONDO Por otro lado, en cuanto al fondo de la consulta: “Solicito se me informe sobre el FUNDAMENTO LEGAL para ADQUIRIR y CONDICIONAR el USO de la TARJETA YO VOY para subir a los transportes urbanos pùblicos en Aguascalientes”, Por lo que de conformidad con la información proporcionada por la Dirección General del SITMA se dice al peticionario lo siguiente: El pago electrónico para el servicio público de transporte en la modalidad de colectivo urbano dentro del SITMA, este contenido en la siguiente normatividad: Respecto a la Ley de Movilidad del Estado de Aguascalientes: “ARTÍCULO 3°.- Para los efectos de esta Ley se entiende por: … LXXX. Pago electrónico SITMA: Sistema de pago para acceder a las unidades del SITMA, basado en el uso de medios y dispositivos electrónicos que permiten la validación de acceso de los usuarios al vehículo del servicio público mediante el pago de la tarifa por el uso de los servicios de transporte público; …” “ARTÍCULO 144.- Las tarifas son las siguientes: … III. Tarifa preferencial es el pago que realiza el usuario que por sus condiciones se encuentra incluido en los supuestos de descuento previstos en esta Ley. El porcentaje de descuento será equivalente al cincuenta por ciento de la tarifa pública, asegurando que no impacte negativamente en la sostenibilidad financiera del sistema. Los beneficiarios de las tarifas preferenciales deberán obtener los dispositivos de prepago que los identifique como tales, según se determine en el Reglamento y normatividad técnica aplicable. …” “ARTÍCULO 148.- La autoridad competente determinará los esquemas financieros y propuestas tecnológicas que permitan una recaudación centralizada de los recursos del pago de la tarifa a través de medios electrónicos, cámara de compensación y demás elementos necesarios en un modelo integrado, multimodal e interoperable de transporte. Asimismo, se establecerán lineamientos y procesos para la integración de soluciones y sistemas tecnológicos en el pago electrónico de la prestación del servicio.” “ARTÍCULO 159.- Son obligaciones de los concesionarios SITMA: … III. Instalar y mantener en funcionamiento la tecnología para el servicio de pago electrónico y en su caso de conteo de pasajeros, según se establezca en la norma técnica correspondiente;” “ARTÍCULO 200.- Son obligaciones de los concesionarios o permisionarios del servicio de transporte público de personas y de bienes las siguientes: … XXIII. Tratándose de las modalidades del servicio de transporte público de personas, deberá admitir como medio de pago de la tarifa el que determine la autoridad competente, basado preferentemente en medios de pago electrónicos; así como utilizar, en todos sus vehículos, la tecnología y dispositivos señalados por la misma; …” Respecto al Reglamento de la Ley de Movilidad del Estado de Aguascalientes “Artículo 3º. Para los efectos del presente Reglamento se entenderá por: … XXXVI. Pago electrónico SITMA: Sistema de pago para acceder a las unidades del SITMA, basado en el uso de medios y dispositivos electrónicos que permiten la validación de acceso de los usuarios al vehículo del servicio público mediante el pago de la tarifa por el uso de los sArchivo adjuntoDescargarFolioAGS-IP-011755724000019

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaEntrega de Información Vía PNTTipo de respuestaMODALIDADMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta08/03/2024Fecha solicitud término08/03/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deAguascalientesSector de la dependenciaPoder Ejecutivo