Aguascalientes - COORDINACIÓN GENERAL DE MOVILIDAD - (AGS)
Solicitud del día 05/04/2024 a la dependencia Aguascalientes - COORDINACIÓN GENERAL DE MOVILIDAD - (AGS) del órgano Aguascalientes
DescripciónCuál es el reporte que tienen sobre el tiempo de paso de las rutas de transporte urbano YOVOY, durante el año 2022 y 2023. Cuáles rutas fueron catalogadas como tardías y cuáles cumplen con el tiempo de paso en el mismo periodo. Especificar los minutos de retraso. Solicito en formato digital.Respuesta del día08/05/2024Texto de respuestaAguascalientes, a siete de mayo de dos mil veinticuatro. I. ADMISIÓN VISTA para resolver la solicitud de información registrada ante la Plataforma Nacional de Transparencia, con número de folio 011755724000050, presentada por “anónimo”, y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 2, 4, 7, 13, 19, 23, 25, 45, y 132 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, así como 1, 2, 4, 7, 10, primer párrafo, 12, 44 y 71 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios, se tiene por recibida la solicitud de referencia. Para tales efectos ábrase el expediente que le corresponda y regístrese en el Libro de Gobierno con el número P.A.I. 50/011755724000050/2024-PNT. II. PRONUNCIAMIENTO EN CUANTO AL FONDO Por otro lado, en cuanto al fondo de la consulta: “Cuál es el reporte que tienen sobre el tiempo de paso de las rutas de transporte urbano YOVOY, durante el año 2022 y 2023. Cuáles rutas fueron catalogadas como tardías y cuáles cumplen con el tiempo de paso en el mismo periodo. Especificar los minutos de retraso. Solicito en formato digital.”, de conformidad con la información proporcionada por la Dirección General del SITMA se dice al peticionario lo siguiente: De conformidad con el artículo 127 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, se pone a su disposición para su consulta directa la programación del servicio de transporte público en la modalidad de colectivo urbano, toda vez que por la cantidad de los documentos sobrepasa las capacidades técnicas de este sujeto obligado. Con lo cual se da por cumplido el derecho de acceso a la información del solicitante. III. PROCEDENCIA DE RECURSOS Y ORDEN DE NOTIFICACIÓN Dígasele al solicitante que en contra del presente acuerdo procede, de manera opcional el recurso de reclamación de conformidad con el artículo 75 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios, ante el Instituto de Transparencia del Estado de Aguascalientes, en términos de lo establecido por el Capítulo I, Título Octavo de la citada ley. Notifíquese al solicitante por correo electrónico. Asimismo, se habilitan horas inhábiles para la realización de la notificación de referencia, lo anterior con fundamento en el artículo 125 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en relación con el diverso numeral 34 de la Ley del Procedimiento Administrativo del Estado de Aguascalientes, ello porque la notificación ordenada se realizará por medio del correo electrónico del peticionario. Así lo proveyó y firma el Licenciado César Omar Aceves de Luna, autorizado para dar trámite a las solicitudes de información de transparencia de la Coordinación General de Movilidad, de conformidad con lo establecido en el artículo 45 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y 44 de la Ley local de la materia.Archivo adjuntoDescargarFolioAGS-IP-011755724000050