Aguascalientes - COORDINACIÓN GENERAL DE MOVILIDAD - (AGS)
Solicitud del día 06/04/2024 a la dependencia Aguascalientes - COORDINACIÓN GENERAL DE MOVILIDAD - (AGS) del órgano Aguascalientes
Descripción¿Cuáles son los motivos reportados durante 2021, 2022 y 2022 sobre las rutas de transporte público que no cumplieron con su horario establecido? Especificar por cada año los motivos argumentados. Respuesta del día08/05/2024Texto de respuestaAguascalientes, a siete de mayo de dos mil veinticuatro. I. ADMISIÓN VISTA para resolver la solicitud de información registrada ante la Plataforma Nacional de Transparencia, con número de folio 011755724000055, presentada por “Dafne Frias”, y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 2, 4, 7, 13, 19, 23, 25, 45, y 132 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, así como 1, 2, 4, 7, 10, primer párrafo, 12, 44 y 71 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios, se tiene por recibida la solicitud de referencia. Para tales efectos ábrase el expediente que le corresponda y regístrese en el Libro de Gobierno con el número P.A.I. 55/011755724000055/2024-PNT. II. PRONUNCIAMIENTO EN CUANTO AL FONDO Por otro lado, en cuanto al fondo de la consulta: “¿Cuáles son los motivos reportados durante 2021, 2022 y 2022 sobre las rutas de transporte público que no cumplieron con su horario establecido? Especificar por cada año los motivos argumentados.”, de conformidad con la información proporcionada por la Dirección General del SITMA se dice al peticionario lo siguiente: Los motivos por los que un vehículo de transporte público urbano no cumpla con el horario, son los establecidos en los Lineamientos Operativos del Sistema Integrado de Transporte Público contenidos en su artículo 72, vigente en el periodo que solicita, el cual puede consultar en el siguiente enlace: https://eservicios2.aguascalientes.gob.mx/NormatecaAdministrador/archivos/EDO-19-62.pdf Con lo cual se da por cumplido el derecho de acceso a la información del solicitante. III. PROCEDENCIA DE RECURSOS Y ORDEN DE NOTIFICACIÓN Dígasele al solicitante que en contra del presente acuerdo procede, de manera opcional el recurso de reclamación de conformidad con el artículo 75 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios, ante el Instituto de Transparencia del Estado de Aguascalientes, en términos de lo establecido por el Capítulo I, Título Octavo de la citada ley. Notifíquese al solicitante por correo electrónico. Asimismo, se habilitan horas inhábiles para la realización de la notificación de referencia, lo anterior con fundamento en el artículo 125 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en relación con el diverso numeral 34 de la Ley del Procedimiento Administrativo del Estado de Aguascalientes, ello porque la notificación ordenada se realizará por medio del correo electrónico del peticionario. Así lo proveyó y firma el Licenciado César Omar Aceves de Luna, autorizado para dar trámite a las solicitudes de información de transparencia de la Coordinación General de Movilidad, de conformidad con lo establecido en el artículo 45 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y 44 de la Ley local de la materia.Archivo adjuntoDescargarFolioAGS-IP-011755724000055