Aguascalientes - COORDINACIÓN GENERAL DE MOVILIDAD - (AGS)
Solicitud del día 28/08/2024 a la dependencia Aguascalientes - COORDINACIÓN GENERAL DE MOVILIDAD - (AGS) del órgano Aguascalientes
Descripción¿Cuántas licencias de conducir se han negado por estar inscrito el solicitante en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias o por no exhibir el Certificado de Inscripción? ¿En qué tramites se pide el Certificado de no Inscripción en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias? ¿Cuántas modificaciones normativas se han efectuado para dar cumplimiento a las disposiciones establecidas en la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en lo relativo al Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias, publicadas en el Diario Oficial de la Federación, el 8 de mayo de 2023? Respuesta del día04/09/2024Texto de respuestaAguascalientes, a tres de septiembre de dos mil veinticuatro. I. ADMISIÓN VISTA para resolver la solicitud de información registrada ante la Plataforma Nacional de Transparencia, con número de folio 011755724000109, presentada por “John”, y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 2, 4, 7, 13, 19, 23, 25, 45, y 132 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, así como 1, 2, 4, 7, 10, primer párrafo, 12, 44 y 71 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios, se tiene por recibida la solicitud de referencia. Para tales efectos ábrase el expediente que le corresponda y regístrese en el Libro de Gobierno con el número P.A.I. 109/011755724000109/2024-PNT. II. PRONUNCIAMIENTO EN CUANTO AL FONDO Por otro lado, en cuanto al fondo de la consulta: “¿Cuántas licencias de conducir se han negado por estar inscrito el solicitante en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias o por no exhibir el Certificado de Inscripción? ¿En qué tramites se pide el Certificado de no Inscripción en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias? ¿Cuántas modificaciones normativas se han efectuado para dar cumplimiento a las disposiciones establecidas en la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en lo relativo al Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias, publicadas en el Diario Oficial de la Federación, el 8 de mayo de 2023?”, por lo que se dice al peticionario lo siguiente: De conformidad con las facultades establecidas en los artículos 41 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Estatal; 13 de la Ley de Movilidad del Estado de Aguascalientes; el Reglamento de la Ley de Movilidad del Estado de Aguascalientes; y Reglamento Interior de la Coordinación General de Movilidad, esta autoridad no es competente para negar licencias de conducir. Por lo que se le dice que debe dirigir su solicitud a la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Aguascalientes, quienes son los facultados para dar una respuesta a su solicitud, toda vez que esa es la autoridad que expide las licencias de conducir. Con lo cual se da por cumplido el derecho de acceso a la información del solicitante. III. PROCEDENCIA DE RECURSOS Y ORDEN DE NOTIFICACIÓN Dígasele al solicitante que en contra del presente acuerdo procede, de manera opcional el recurso de reclamación de conformidad con el artículo 75 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios, ante el Instituto de Transparencia del Estado de Aguascalientes, en términos de lo establecido por el Capítulo I, Título Octavo de la citada ley. Notifíquese al solicitante por correo electrónico. Asimismo, se habilitan horas inhábiles para la realización de la notificación de referencia, lo anterior con fundamento en el artículo 125 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en relación con el diverso numeral 34 de la Ley del Procedimiento Administrativo del Estado de Aguascalientes, ello porque la notificación ordenada se realizará por medio del correo electrónico del peticionario. Así lo proveyó y firma el Licenciado César Omar Aceves de Luna, autorizado para dar trámite a las solicitudes de información de transparencia de la Coordinación General de Movilidad, de conformidad con lo establecido en el artículo 45 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y 44 de la Ley local de la materia.Archivo adjuntoDescargarFolioAGS-IP-011755724000109