Aguascalientes - COORDINACIÓN GENERAL DE MOVILIDAD - (AGS)
Solicitud del día 27/09/2024 a la dependencia Aguascalientes - COORDINACIÓN GENERAL DE MOVILIDAD - (AGS) del órgano Aguascalientes
DescripciónSolicito información respecto de si existe algún convenio de traspaso de la concesión de taxi número 2517 y número 3603 y si lo hubiere, a favor de quién está.Respuesta del día14/10/2024Texto de respuestaAguascalientes, a catorce de octubre de dos mil veinticuatro. I. ADMISIÓN VISTA para resolver la solicitud de información registrada ante la Plataforma Nacional de Transparencia, con número de folio 011755724000117, presentada por “Pamela Peralta Díaz”, y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 2, 4, 7, 13, 19, 23, 25, 45, y 132 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, así como 1, 2, 4, 7, 10, primer párrafo, 12, 44 y 71 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios, se tiene por recibida la solicitud de referencia. Para tales efectos ábrase el expediente que le corresponda y regístrese en el Libro de Gobierno con el número P.A.I. 117/011755724000117/2024-PNT. II. PRONUNCIAMIENTO EN CUANTO AL FONDO Por otro lado, en cuanto al fondo de la consulta: “Solicito información respecto de si existe algún convenio de traspaso de la concesión de taxi número 2517 y número 3603 y si lo hubiere, a favor de quién está.”, por lo que, de conformidad con la información proporcionada por la Dirección General de Transporte Público, se dice al peticionario lo siguiente: De conformidad con lo dispuesto por el artículo 187 de la Ley de Movilidad del Estado de Aguascalientes, mismo que establece lo siguiente: “ARTÍCULO 187.- La concesión que se otorgue es personal e intransferible y sólo podrá hacer uso de ella la persona física o moral a quien se hubiere otorgado. No deberá prestarse el servicio de transporte público por intermediación de terceros, excepto los operadores que se contraten para su prestación y sean autorizados por la autoridad competente. Cualquier acto jurídico que contravenga el presente precepto será nulo de pleno derecho, sin necesidad de pronunciamiento expreso por autoridad jurisdiccional. Los Fedatarios Públicos se abstendrán de protocolizar cualquier actuación que tenga por efecto transmitir o realizar cualquier acto traslativo de dominio sobre una concesión, debiendo dar aviso a la CMOV dentro de los cinco días siguientes al que haya tenido conocimiento.” Por lo anterior cualquier convenio en donde se traspasen las concesiones de transporte público, serán nulos de pleno derecho. Ahora bien, respecto a las concesiones de taxi número 2517 y número 3603 esta Dirección General de Transporte Público, no tiene conocimiento de convenios de traspaso. Con lo cual se da por cumplido el derecho de acceso a la información del solicitante. III. PROCEDENCIA DE RECURSOS Y ORDEN DE NOTIFICACIÓN Dígasele al solicitante que en contra del presente acuerdo procede, de manera opcional el recurso de reclamación de conformidad con el artículo 75 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios, ante el Instituto de Transparencia del Estado de Aguascalientes, en términos de lo establecido por el Capítulo I, Título Octavo de la citada ley. Notifíquese al solicitante por correo electrónico. Asimismo, se habilitan horas inhábiles para la realización de la notificación de referencia, lo anterior con fundamento en el artículo 125 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en relación con el diverso numeral 34 de la Ley del Procedimiento Administrativo del Estado de Aguascalientes, ello porque la notificación ordenada se realizará por medio del correo electrónico del peticionario. Así lo proveyó y firma el Licenciado César Omar Aceves de Luna, autorizado para dar trámite a las solicitudes de información de transparencia de la Coordinación General de Movilidad, de conformidad con lo establecido en el artículo 45 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y 44 de la Ley local de la materia. Archivo adjuntoDescargarFolioAGS-IP-011755724000117