Aguascalientes - INSTITUTO DEL AGUA DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES - (AGS)
Solicitud del día 28/05/2024 a la dependencia Aguascalientes - INSTITUTO DEL AGUA DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES - (AGS) del órgano Aguascalientes
DescripciónSolicito la información del motivo de despedido de Alejandro Pureco Corona del IFFEA, así como la resolución de la demanda de acoso que tiene/tenia en el INAGUA , y si fue este el motivo para su despido.Respuesta del día11/06/2024Texto de respuestaINSTITUTO DEL AGUA DEL ESTADO PROCEDIMIENTO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN P.A.I.035.012401724000035/2024 Aguascalientes, Ags., A once de junio del año dos mil veinticuatro. Vista la solicitud registrada ante la Plataforma Nacional de Transparencia, con el número de folio 012401724000035 elaborada el veintiocho de mayo del año dos mil veinticuatro y recibida ese mismo día por este Instituto del Agua del Estado (INAGUA), realizada por solicitante “tanya gonzalez” y en la cual señala como medio para oír y recibir notificaciones el sistema de solicitudes de acceso la información de la PLATAFORMA NACIONAL DE TRANSPARENCIA, consecuentemente con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 2, 4, 7, 9, 10, 11, 12, 13, 43, 121, 122, y 132 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, téngase por recibida la solicitud de referencia, ábrase expediente y regístrese en el Libro de Gobierno con el número que le corresponda, siendo éste el PAI.035.012401724000035/2024, de igual manera se le hace saber que las notificaciones y resoluciones le serán comunicadas vía Plataforma Nacional, en virtud de que la solicitud que aquí nos ocupa, fue realizada por dicho medio. Solicito la información del motivo de despedido de Alejandro Pureco Corona del IFFEA, así como la resolución de la demanda de acoso que tiene/tenia en el INAGUA , y si fue este el motivo para su despido LE RESPONDO LO SIGUIENTE: Respecto del primer tema de la solicitud, le comento que este Sujeto Obligado es el Instituto del Agua del Estado, por lo que se declara incompetencia total para resolver sobre el despido del IFFEA, esto con fundamento en el artículo 136 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Ahora bien, le comento al solicitante que no existe demanda de acoso hacía Alejandro Pureco Corona, y a su vez le informo que fue el mismo Alejandro Pureco Corona quien presentó su renuncia a este Instituto del Agua del Estado INAGUA. Con lo anterior, se da por concluida la presente solicitud de acceso a la información y por cumplido el derecho correspondiente del solicitante. Notifíquese al solicitante el presente acuerdo vía Plataforma Nacional, con fundamento en el artículo 125 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Dígasele a la solicitante que en contra del presente acuerdo procede de manera opcional el Recurso de Revisión ante el Superior de esta Unidad de Enlace de conformidad con el Capítulo I, del Título Octavo de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, o el recurso de inconformidad ante el Instituto de Transparencia del Estado de Aguascalientes, en términos de los establecido por el Capítulo II, del Título Octavo de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Así lo proveyó y firma el suscrito Lic. MARIO ALBERTO RIVERA VARELA, Titular de la Unidad de Transparencia del Instituto del Agua del Estado INAGUA, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.Archivo adjuntoDescargarFolioAGS-IP-012401724000035