Aguascalientes - INSTITUTO AGUASCALENTENSE DE LAS PERSONAS MIGRANTES - (AGS)
Solicitud del día 12/08/2024 a la dependencia Aguascalientes - INSTITUTO AGUASCALENTENSE DE LAS PERSONAS MIGRANTES - (AGS) del órgano Aguascalientes
DescripciónQuiero saber que mecanismos llevan a cabo para la protección de los derechos de las personas migrantes en nuestro estado Respuesta del día20/08/2024Texto de respuestaAguascalientes, Aguascalientes, a diecinueve de agosto de dos mil veinticuatro. Vista la solicitud registrada ante el Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información del Estado de Aguascalientes de la Plataforma Nacional de Transparencia con número de folio 012940624000019, de fecha trece de agosto de dos mil veinticuatro; téngase por recibida la solicitud de referencia, ábrase expediente correspondiente y regístrese en el Libro de Gobierno con el número PAI.19/012940624000019/2024, en donde el C. Saulo Fda Fdas, requiere a este Instituto Aguascalentense de las Personas Migrantes, lo siguiente: “Quiero saber que mecanismos llevan a cabo para la protección de los derechos de las personas migrantes en nuestro estado”; a esto se le dice que, la información que requiere se encuentra en los ordenamientos vigentes, y que están a disposición para su consulta: Ley Orgánica del Instituto Aguascalentense de las Personas Migrantes y la Ley para la Protección de los Derechos de las Personas Migrantes del Estado de Aguascalientes, mismos que rigen las actuaciones de este Instituto en beneficio de los aguascalentenses migrantes y sus familias. En lo que respecta al Instituto Aguascalentense de las personas Migrantes, se pone a disposición del solicitante las siguientes ligas para su consulta: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - https://eservicios2.aguascalientes.gob.mx/NormatecaAdministrador/archivos/EDO-18-198.pdf https://www.cndh.org.mx/sites/default/files/doc/Normatividad/Ley_OIAPM_Ags.pdf Información que se pone a disposición a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información del PNT, medio señalado por el propio solicitante en atención al principio de máxima publicidad y a efecto de potenciar su derecho de acceso a la información. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Lo anterior, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1°, 2° fracciones II, III y VII, 11, 17, 25, 45 fracciones II, IV, VII, 121, 122, 123 124 y 125 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, así como lo previsto en el artículos 10 primer párrafo y 71 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios; Ahora bien, en atención a la solicitud planteada y de conformidad con los artículos 129 y 132 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, así como 71 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios. Así lo proveyó y firma el Lic. César Octavio López Rodríguez, Titular de la Unidad de Transparencia del Instituto Aguascalentense de las Personas Migrantes, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 45 fracciones I, IV y V, de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios, así como en lo previsto en el artículo 44 de la ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios y, 23 fracción XVII del Reglamento Interior del Instituto Aguascalentense de las Personas Migrantes.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -- - - - -- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Cúmplase. LIC. CÉSAR OCTAVIO LÓPEZ RODRÍGUEZ TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA DEL INSTITUTO AGUASCALENTENSE DE LAS PERSONAS MIGRANTESArchivo adjuntoDescargarFolioAGS-IP-012940624000019