Baja California - Secretaria de Planeacion y Finanzas - (BC)
Solicitud del día 24/07/2019 a la dependencia Baja California - Secretaria de Planeacion y Finanzas - (BC) del órgano Baja California
Descripciónbuen día le solicito de la manera más atenta me informe el numero de personas de base y de confianza que laboran en la Dirección de verificación aduanera, departamento de pagaduria y recaudación de rentas en Mexicali, y cuantos años tienen laborando para la secretaría de planeacion y finanzas de gobierno del estado de baja california.Respuesta del día31/07/2019Texto de respuestaBuen día. Por medio del presente y con el fin de dar contestación a su solicitud de información identificada con el folio #00744519, me permito informarle que de acuerdo al artículo 24 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Baja California, esta dependencia no genera dicha información, por ende esta solicitud debe ser redirigida a la Oficialía Mayor del Estado, con fundamento en el Reglamento Interno vigente de la Oficialía Mayor, dentro del artículo 20 fracción I,II, articulo 21 y artículo 22 fracción II y VI cito: ARTÍCULO 20.- Corresponde a la Dirección de Recursos Humanos, por conducto de su titular, el ejercicio de las siguientes atribuciones: I. Planear, programar, organizar, dirigir, controlar y evaluar los sistemas de administración de los recursos humanos de las dependencias de la Administración Pública Centralizada; III. Validar y llevar el control de los nombramientos, ascensos, cambios de adscripción, licencias, vacaciones, permisos, bajas y demás movimientos de personal de la administración pública centralizada, de conformidad con las políticas y disposiciones legales aplicables; ARTÍCULO 21.- Quedan adscritas a la Dirección de Recursos Humanos las siguientes unidades administrativas: I. Departamento de Administración de Personal. II. Departamento de Seguridad y Salud en el Trabajo. ARTÍCULO 22.- Corresponde al Departamento de Administración de Personal, por conducto de su titular, el ejercicio de las siguientes atribuciones: II. Evaluar los requerimientos de personal de las dependencias de la administración pública centralizada e intervenir en su contratación, nombramiento, reingreso, promoción, cambio de adscripción y bajas, así como llevar un control sobre el registro de los mismos; Por lo anteriormente fundamentado, es que tengo a bien informarle que no es del ámbito de nuestra competencia la solicitud de información enviada, para lo cual deberá de ser remitida al área de acuerdo a las facultades y competencias debidamente manifestadas. Sin nada más que agregar, me despido extendiendo un cordial saludo.Archivo adjuntoDescargarFolioBC-IP-00744519