Baja California - Ayuntamiento de Mexicali - (BC)
Solicitud del día 25/06/2024 a la dependencia Baja California - Ayuntamiento de Mexicali - (BC) del órgano Baja California
Descripción¿Con qué periodicidad debe publicar el Ayuntamiento de Mexicali el calendario de quemas agropecuarias? Señalar el fundamento legal en donde se establezca. ¿En dónde se puede consultar el calendario de quemas agropecuarias? Otros datosLey de Protección al Ambiente: ARTÍCULO 113 BIS.- Los Ayuntamientos, conforme a la periodicidad que señalen sus reglamentos deberán emitir un calendario de quemas agropecuarias. Para la elaboración del calendario, los Ayuntamientos deberán coordinarse con las autoridades estatales y federales especializadas en materia. Dicho calendario deberá publicarse en el Periódico Oficial del Estado, y en otros medios de difusión que se consideren convenientes. ARTÍCULO 113 TER.- Las quemas agrícolas deberán autorizarse considerando los parámetros climáticos, estacionales, regionales, de preservación del suelo, flora y fauna, así como técnicos para prevenir el riesgo de propagación del fuego y resguardar la salud y seguridad pública.Respuesta del día28/06/2024Texto de respuestacon fundamento en los artículos 118, 119, 120, 122, 123, 126, 127, 128, 129, 130, 134 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Baja California, NO ES COMPETENCIA del H. Ayuntamiento de Mexicali, Baja California, proporcionar dicha información.Archivo adjuntoDescargarFolioBC-IP-020058724000415