Baja California - Ayuntamiento de Tijuana - (BC)

Solicitud del día 26/03/2024 a la dependencia Baja California - Ayuntamiento de Tijuana - (BC) del órgano Baja California

DescripciónCopia en versión electrónica de las autorizaciones, permisos y demás emitidos a favor de Clearpac S.A. De C.V , lo anterior del año 2013 al año 2024Respuesta del día06/05/2024Texto de respuestaPrueba de daño: Atendiendo el artículo 177 del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Baja California, el cual señala que en casos de solicitudes que involucre información confidencial, el sujeto obligado determinará lo conducente a través de una prueba de daño. En relación a lo anterior en términos del artículo 109 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Baja California, se aplica la prueba de daño, justificando lo siguiente: I. La divulgación de la información representa un riesgo real, demostrable e identificable de perjuicio significativo al interés público. II. Divulgar la información clasificada representa un riesgo por la posibilidad de causar un daño al derecho humano de protección de datos personales, bien jurídico tutelado por nuestra Constitución Política. III. El riesgo de causar un daño es real, ya que parte del contenido de la información que solicita contiene datos personales que derivan de una clave catastral, además de datos personales que refieren en la solicitud, como Número de cuenta, Clave catastral, Folio, Superficie, por tratarse de información de personas físicas o morales identificadas, información que no debe ser difundida, sin el consentimiento de su titular, de conformidad con los principios de licitud, lealtad, consentimiento, proporcionalidad y responsabilidad que rigen la protección a datos personales. Lo anterior de conformidad con los artículos 24 fracción VI; 44 fracción II, 100, 106 fracción 1, 109, y 116 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Trigésimo Octavo de los Lineamientos Generales en Materia de Clasificación y Desclasificación de la Información, así como para la Elaboración de Versiones Públicas. Art. 171 y 172, 177 del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Baja California. El riesgo es demostrable con el folio 020059024000300 PNT asignado a la solicitud de acceso a la información pública, por la Plataforma Nacional de Transparencia, folio que hace constar la existencia del requerimiento de información que contiene datos personales derivados de Número de cuenta, Clave catastral, Folio, Superficie, por lo tanto no se tiene el expreso consentimiento de él para ser publicada, divulgada o para que se dé a conocer a terceros.. ” … (Sic)Archivo adjuntoDescargarFolioBC-IP-020059024000300

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaSiprevencionSidisponibilidadNoquejaNoRespuestaInformación confidencialTipo de respuestaCLASIFICADAMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta07/05/2024Fecha solicitud término06/05/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deBaja CaliforniaSector de la dependenciaAyuntamientos