Baja California - Ayuntamiento de Tijuana - (BC)
Solicitud del día 23/05/2024 a la dependencia Baja California - Ayuntamiento de Tijuana - (BC) del órgano Baja California
DescripciónSolicito de su apoyo para que me proporcionen copia simple, en versión pública, del acta administrativa DIV/2513/23 emitida por irregularidades físicas por parte de Inspección y verificación municipal. Respuesta del día17/06/2024Texto de respuesta“c) FUNDAMENTACIÓN Y MOTIVACIÓN: Información Clasificada: Nombre Fundamento: Los artículos 4, fracción VI de la ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Baja California 116, párrafo primero de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, articulo 172 del reglamento de la ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Baja California, criterio 19/17 del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), fundamentos que expresamente le otorgan el carácter de confidencial. Motivación: El nombre es un dato personal de carácter confidencial, los cuales se ajustan a los supuestos previstos por la norma legal invocada como fundamento al ser información que se asocia a una persona identificada o identificable. Información Clasificada: Domicilio Fundamento: Los artículos 4, fracción VI de la ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Baja California 116, párrafo primero de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, articulo 172 del reglamento de la ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Baja California, criterio 19/17 del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), fundamentos que expresamente le otorgan el carácter de confidencial. Razones: El domicilio es un dato personal y de su vida privada de carácter confidencial, los cuales se ajustan a los supuestos previstos por la norma legal invocada como fundamento al ser información que se asocia a una persona identificada o identificable. Información Clasificada: Numero de credencial para votar Fundamento: Los artículos 4, fracción VI de la ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Baja California 116, párrafo primero de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, articulo 172 del reglamento de la ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Baja California, criterio 19/17 del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), fundamentos que expresamente le otorgan el carácter de confidencial. Razones: El numero de credencial para votar es un dato personal y de su vida privada de carácter confidencial, los cuales se ajustan a los supuestos previstos por la norma legal invocada como fundamento al ser información que se asocia con una persona identificada o identificable. d) PRUEBA DE DAÑO. Atendiendo el artículo 177 del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información para el Estado de Baja California, el cual señala que en caso de solicitudes que involucre información confidencial, el sujeto obligado lo conducente a través de una prueba de daño. Así mismo en términos del artículo 109 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Baja California, se aplica la prueba de daño, justificando lo siguiente: Riesgo Real: El hecho de mostrar información personal violenta el derecho a la protección de datos personales ya que se vulnera la privacidad al ser datos únicos. Riesgo demostrable: El hecho de mostrar información personal puede facilitar a individuos y/u organizaciones delictivas a cometer los delitos de robo o usurpación de identidad, además de una probable afectación en el patrimonio del titular. Riesgo Identificable: La divulgación de la información solicitada puede afectar la estabilidad de la persona física con actividad empresarial y profesional; pudiendo poner en riesgo su integridad y seguridad, alterando de esta manera la paz y el orden público. Por lo anteriormente expuesto, es que solicito la intervención del Comité de Transparencia, para efectos de que declare la información previamente mencionada como información confidencial, por tratarse de datos personales conforme a lo dispuesto en el artículo 130 de laArchivo adjuntoDescargarFolioBC-IP-020059024000482