Baja California - Instituto Municipal de la Mujer de Tijuana - (BC)
Solicitud del día 05/12/2023 a la dependencia Baja California - Instituto Municipal de la Mujer de Tijuana - (BC) del órgano Baja California
Descripción1. Desde el el 26 de febrero 2016 cuantas y que tipo de medidas de protección de conformidad con el artículo 137 del Código Nacional de Procedimientos Penales, y porque delitos se han impuesto estas medidas a mujeres víctimas? 2. Desde el el 26 de febrero 2016 por los delitos de hostigamiento sexual, abuso sexual, estupro, violación y violencia familiar ¿cuantas y y que tipo de medidas de protección de conformidad con el artículo 137 del Código Nacional de Procedimientos Penales? 3. ¿Con cuantos albergues y refugios se cuentan a nivel federal para las mujeres y en que estados? 4. ¿Con que capacidad cuentan cada uno de estos albergues? 5. ¿ Que tipo de servicios ofrece cada uno de estos albergues? 6. ¿ Que cantidad de personal esta contratado y cual es su cargo o especialidad? 7. Desde 1980 a la fecha por año, (desagregadas por fechas) cuantas sentencias condenatorias o absolutorias se cuentan por los siguientes delitos a mujeres víctimas: desaparición forzada, desaparición cometida por particulares, hostigamiento sexual, abuso sexual, estupro, violación feminicidio, violencia familiar. 8. Desde la entrada del sistema acusatorio con cuantas ordenes de aprehensión se cuentan por los siguientes delitos a mujeres víctimas: desaparición forzada, desaparición cometida por particulares, hostigamiento sexual, abuso sexual, estupro, violación feminicidio, violencia familiar. 9. Desde la entrada del sistema acusatorio con cuantas reparaciones del daño se cuentan por los siguientes delitos a mujeres víctimas: desaparición forzada, desaparición cometida por particulares, hostigamiento sexual, abuso sexual, estupro, violación feminicidio, violencia familiar. 10. Desde 1980 a la fecha por año, (desagregadas por fechas) cuantas medidas de protección de naturaleza jurisdiccional de conformidad con el artículo 24 quarter y por que tipo de delitos han sido impuestos en los casos de mujeres víctimas.Respuesta del día19/12/2023Texto de respuestaTijuana, Baja California a 19 de diciembre de 2023 ISABEL PRESENTE. – Por medio del presente reciba un cordial saludo y en cumplimiento como sujeto obligado, con fundamento en el artículo 1,2, y 6 de la Ley Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Baja California y las facultades que me otorga el reglamento Interno del Instituto Municipal de la Mujer en relación a la información que solicita con número de folio: 020064123000024 y que a la letra dice: 1. Desde el el 26 de febrero 2016 cuantas y que tipo de medidas de protección de conformidad con el artículo 137 del Código Nacional de Procedimientos Penales, y porque delitos se han impuesto estas medidas a mujeres víctimas? 2. Desde el 26 de febrero 2016 por los delitos de hostigamiento sexual, abuso sexual, estupro, violación y violencia familiar ¿cuántas y y que tipo de medidas de protección de conformidad con el artículo 137 del Código Nacional de Procedimientos Penales? 3. ¿Con cuántos albergues y refugios se cuentan a nivel federal para las mujeres y en que estados? 4. ¿Con que capacidad cuentan cada uno de estos albergues? 5. ¿Qué tipo de servicios ofrece cada uno de estos albergues? 6. ¿Qué cantidad de personal está contratado y cuál es su cargo o especialidad? 7. Desde 1980 a la fecha por año, (desagregadas por fechas) cuantas sentencias condenatorias o absolutorias se cuentan por los siguientes delitos a mujeres víctimas: desaparición forzada, desaparición cometida por particulares, hostigamiento sexual, abuso sexual, estupro, violación feminicidio, violencia familiar. 8. Desde la entrada del sistema acusatorio con cuantas ordenes de aprehensión se cuentan por los siguientes delitos a mujeres víctimas: desaparición forzada, desaparición cometida por particulares, hostigamiento sexual, abuso sexual, estupro, violación feminicidio, violencia familiar. 9. Desde la entrada del sistema acusatorio con cuantas reparaciones del daño se cuentan por los siguientes delitos a mujeres víctimas: desaparición forzada, desaparición cometida por particulares, hostigamiento sexual, abuso sexual, estupro, violación feminicidio, violencia familiar. 10. Desde 1980 a la fecha por año, (desagregadas por fechas) cuantas medidas de protección de naturaleza jurisdiccional de conformidad con el artículo 24 quarter y por qué tipo de delitos han sido impuestos en los casos de mujeres víctimas. Le informo que el sujeto obligado IMMUJER es competente de manera parcial en virtud de lo siguiente: Dentro de las actividades ordinarias se brinda asesoría jurídica a mujeres que acuden con situaciones de violencia familiar entre otros delitos y derivada de esta asesoría en los que va de esta administración se les ha auxiliado a un total de 291 mujeres en la presentación de prenuncias y/ o video denuncias en donde se ha sugerido a la usuaria se le brinde medidas de protección; Sin embargo, para conocer de manera detallada información de las preguntas 1,2,7,8,9 y 10 deberá dirigir su petición a la Fiscalía General de la Republica o en la entidad donde desee conocer la información En lo que respecta a sus preguntas 3,4,5,6 en lo relativo albergues y refugios le comento que existe una página de dominio público sobre a red nacional de refugios https://rednacionalderefugios.org.mx/modelo-de-atencion-integral/#refugios en donde usted encontrara las líneas de atención para que le sea brindada información a nivel nacional sobre los refugios, casas de transición y albergue existentes. Sin más por el momento, quedo a sus apreciables órdenes. “2023, Año de la Prevención y Atención de la Violencia contra las Mujeres.”Archivo adjuntoDescargarFolioBC-IP-020064123000024