Baja California - Instituto Estatal Electoral de Baja California - (BC)
Solicitud del día 22/05/2024 a la dependencia Baja California - Instituto Estatal Electoral de Baja California - (BC) del órgano Baja California
DescripciónSolicito saber si la relación laboral con sus empleados se rige por el apartado A o B de la Constitución, asimismo, instrumentos normativos relativos a las relaciones laborales de trabajo, es decir, contrato colectivo de trabajo, condiciones generales de trabajo, reglamento interno, versión pública de contrato de confianza. Gracias. Respuesta del día28/05/2024Texto de respuestaOficio número IEEBC/UT/445/2024 NÚMERO DE FOLIO: 020068024000142 Mexicali, Baja California a 28 de mayo de 2024 SOLICITANTE P R E S E N T E.- Anteponiendo un cordial saludo, con fundamento en los artículos 55, 56, fracción II, 116, 118, 122, 123 y 125 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Baja California; artículos 8, fracción III, 21, fracción XII, 40, 46 y 47 del Reglamento de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Instituto Estatal Electoral de Baja California y artículo 50 TER, inciso b), del Reglamento Interior del Instituto Estatal Electoral del Estado de Baja California, y en virtud de la solicitud de acceso de información identificada con el número de folio al rubro indicado, se proporciona respuesta a su solicitud, en atención a lo solicitado y que consistió en lo siguiente: “Solicito saber si la relación laboral con sus empleados se rige por el apartado A o B de la Constitución, asimismo, instrumentos normativos relativos a las relaciones laborales de trabajo, es decir, contrato colectivo de trabajo, condiciones generales de trabajo, reglamento interno, versión pública de contrato de confianza. Gracias.” En observancia al principio de legalidad y los criterios de congruencia y exhaustividad, establecido en el criterio 02/2027, emitido por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, se hace de su conocimiento lo siguiente: De acuerdo al criterio número SO/003/2017, emitido por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, así como a los artículos 129 y 130, de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en relación con los artículos 122 y 123, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Baja California, los sujetos obligados deben garantizar el derecho de acceso a la información del particular, proporcionando la información con la que cuentan en el formato en que la misma obre en sus archivos; sin necesidad de elaborar documentos específicos para atender las solicitudes de acceso a la información. En ese sentido y por este conducto me permito hacer de su conocimiento que según lo dispuesto por el artículo 41, párrafo tercero, Base V, Apartado C, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con el artículo 5, apartado B de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California, refiere la manera en que regirán las relaciones de trabajo con los servidores de este organismo público. Por otra parte, de conformidad con el artículo 81, fracción I, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Baja California, este Instituto Estatal Electoral, en su calidad de sujeto obligado deberán publicar la información relativa al marco normativo aplicable al sujeto obligado, en el que deberá incluirse leyes, códigos, reglamentos, decretos, manuales, reglas de operación, criterios, políticas, entre otros. Asimismo el artículo 81, fracciones VIII y X, de la referida Ley de Transparencia, establece que este Instituto Estatal Electoral, en su calidad de sujeto obligado, deberá publicar la información relativa a la remuneración bruta y neta de todos los servidores públicos de base o de confianza, de todas las percepciones, incluyendo sueldos, prestaciones, gratificaciones, primas, comisiones, dietas, bonos, estímulos, ingresos y sistemas de compensación, señalando la periodicidad de dicha remuneración, así como las contrataciones de servicios profesionales por honorarios, señalando los nombres de los prestadores de servicios, los servicios contratados, el monto de los honorarios y el periodo de contratación, en la Plataforma Nacional de Transparencia; la cual se encuentra visible en el siguiente enlace: https://consultapublicamx.plataformadetransparencia.org.mx/vut-web/?idSujetoObigadoParametro=680&idEntidadParametro=02&idSectorParametro=24.Archivo adjuntoDescargarFolioBC-IP-020068024000142