Baja California - Instituto Estatal Electoral de Baja California - (BC)

Solicitud del día 06/09/2024 a la dependencia Baja California - Instituto Estatal Electoral de Baja California - (BC) del órgano Baja California

DescripciónAl respecto, solicito de la manera más atenta se me informe si la persona moral denominada Partido de la Revolución Democrática, como partido político nacional: a) Participo en la elección local en el proceso electoral 2023-2024 y si de ser positiva la respuesta, si de los resultados de la elección local se encuentra en el supuesto del numeral 5 del artículo 95 citado de la LGPP b) En su caso, si en la entidad federativa en donde alcanzó el tres por ciento de la votación el PRD, se pueda precisar cuántos cargos a disputarse registro el PRD como CANDIDATOS PROPIOS y sí estos corresponden a la mitad de municipios y distritos en el Estado. De ser el caso, si se puede precisar que municipios o distritos registro candidatos propios, no como coalición c) Si el PRD en el Estado cuenta con inmuebles a nombre del Partido de la Revolución Democrática y de contar con inmuebles propiedad del PRD, persona moral única e indivisible, en el estado cual es el fundamento legal para que se le trasfieran, de ser el caso, la propiedad de los inmuebles que hayan adquirido con prerrogativas emanadas de recursos públicos. d) Si extinguido el Instituto político, como persona moral denominada PRD, es jurídicamente permitido darle en propiedad inmuebles a otra persona moral distinta de quien adquirió los bienes que deben ser devueltos, supongo, a la Tesorería de la Federación, una vez cubiertas sus obligaciones pendientes de pago. e) De ser el caso, solicitar a las áreas del registro público de la propiedad en el estado, Estatal y municipales, en términos del artículo 4 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, la relación de inmuebles a nombre del Partido de la Revolución Democrática, inscritas en su favor en el Estado Respuesta del día17/09/2024Texto de respuestaOficio número IEEBC/UT/629/2024 NÚMERO DE FOLIO: 020068024000239 Mexicali, Baja California a 17 de septiembre de 2024 SOLICITANTE P R E S E N T E.- Anteponiendo un cordial saludo, con fundamento en los artículos 55, 56, fracción II, 116, 118, 122, 123 y 125 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Baja California; artículos 8, fracción III, 21, fracción XII, 40, 46 y 47 del Reglamento de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Instituto Estatal Electoral de Baja California y artículo 50 TER, inciso b), del Reglamento Interior del Instituto Estatal Electoral del Estado de Baja California, y en virtud de la solicitud de acceso de información identificada con el número de folio al rubro indicado, se proporciona respuesta a su solicitud, en atención a lo solicitado y que consistió en lo siguiente: “Al respecto, solicito de la manera más atenta se me informe si la persona moral denominada Partido de la Revolución Democrática, como partido político nacional: a) Participo en la elección local en el proceso electoral 2023-2024 y si de ser positiva la respuesta, si de los resultados de la elección local se encuentra en el supuesto del numeral 5 del artículo 95 citado de la LGPP b) En su caso, si en la entidad federativa en donde alcanzó el tres por ciento de la votación el PRD, se pueda precisar cuántos cargos a disputarse registro el PRD como CANDIDATOS PROPIOS y sí estos corresponden a la mitad de municipios y distritos en el Estado. De ser el caso, si se puede precisar que municipios o distritos registro candidatos propios, no como coalición c) Si el PRD en el Estado cuenta con inmuebles a nombre del Partido de la Revolución Democrática y de contar con inmuebles propiedad del PRD, persona moral única e indivisible, en el estado cual es el fundamento legal para que se le trasfieran, de ser el caso, la propiedad de los inmuebles que hayan adquirido con prerrogativas emanadas de recursos públicos. d) Si extinguido el Instituto político, como persona moral denominada PRD, es jurídicamente permitido darle en propiedad inmuebles a otra persona moral distinta de quien adquirió los bienes que deben ser devueltos, supongo, a la Tesorería de la Federación, una vez cubiertas sus obligaciones pendientes de pago. e) De ser el caso, solicitar a las áreas del registro público de la propiedad en el estado, Estatal y municipales, en términos del artículo 4 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, la relación de inmuebles a nombre del Partido de la Revolución Democrática, inscritas en su favor en el Estado” En observancia al principio de legalidad y los criterios de congruencia y exhaustividad, establecido en el criterio 02/2027, emitido por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, se hace de su conocimiento lo siguiente: De acuerdo al criterio número SO/003/2017, emitido por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, así como al artículo 122 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Baja California, los sujetos obligados deben garantizar el derecho de acceso a la información del particular, proporcionando la información con la que cuentan en el formato en que la misma obre en sus archivos; sin necesidad de elaborar documentos específicos para atender las solicitudes de acceso a la información, es que se adjunta la respuesta emitida por la persona titular de la Coordinación de Partidos Políticos y Financiamiento, de este Instituto Estatal Electoral. Finalmente, se precisa que la información que contiene el presente oficio de respuesta a su solicitud de acceso a la información pública, es impugnable a través del recurso de revisión, de conformidad con los artículos 135 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Baja California y 24 del del Reglamento de Transparencia y Acceso a la Información PArchivo adjuntoDescargarFolioBC-IP-020068024000239

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaEntrega de información vía PNTTipo de respuestaMODALIDADMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta20/09/2024Fecha solicitud término17/09/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deBaja CaliforniaSector de la dependenciaOrganismos Autónomos