Baja California - Instituto de Servicios de Salud Pública del Estado de Baja California - (BC)

Solicitud del día 01/08/2024 a la dependencia Baja California - Instituto de Servicios de Salud Pública del Estado de Baja California - (BC) del órgano Baja California

Descripción1.- Directorio vigente de la nuevas Administraciones de Gobierno, sus Secretarias y Dependencias de los siguientes Estados de la República. 2.- De cada una de las Secretarias, Comisiones, dependencia indicar el nombre, correo electrónico y domicilio de contacto de cada uno de los siguientes responsables: Responsable de Tecnologías de la Información o similar, del responsable de Innovación o similar, del Responsable de Ciberseguridad o similar, del Responsable de Administración y Finanzas o similar, del responsable de Presupuesto , compras y abastecimiento o similar de sus respectivas Secretarias, Institutos, Comisiones, Instituciones u otros organizaciones. 3.- Así mismo los directorios de las estructuras organizacionales con correos electrónicos completos de sus respectivas Secretarias, Entidades y/o Instituciones. 4.- Directorio de la Oficina de gobierno del Estado: Secretarios del Gobernador en las diferentes Unidades de gobierno dentro del Estado 5.- Oficina representativa del Estado ubicada en la Ciudad de México; dirección física y contacto para vinculación con el Gobierno del estado o entrega de documentos. Respuesta del día02/08/2024Texto de respuestaRespuesta a la solicitud de información No. 021165524000278 Solicitud con número de folio: Estimado ciudadano, en respuesta a la Solicitud de Acceso a la Información Pública identificada con número de Folio 021165524000278, que a la letra señala: “1.- Directorio vigente de la nuevas Administraciones de Gobierno, sus Secretarias y Dependencias de los siguientes Estados de la República. 2.- De cada una de las Secretarias, Comisiones, dependencia indicar el nombre, correo electrónico y domicilio de contacto de cada uno de los siguientes responsables: Responsable de Tecnologías de la Información o similar, del responsable de Innovación o similar, del Responsable de Ciberseguridad o similar, del Responsable de Administración y Finanzas o similar, del responsable de Presupuesto , compras y abastecimiento o similar de sus respectivas Secretarias, Institutos, Comisiones, Instituciones u otros organizaciones. 3.- Así mismo los directorios de las estructuras organizacionales con correos electrónicos completos de sus respectivas Secretarias, Entidades y/o Instituciones. 4.- Directorio de la Oficina de gobierno del Estado: Secretarios del Gobernador en las diferentes Unidades de gobierno dentro del Estado 5.- Oficina representativa del Estado ubicada en la Ciudad de México; dirección física y contacto para vinculación con el Gobierno del estado o entrega de documentos.” (sic) En razón de lo anterior, Con fundamento en el artículo 121 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Baja California vigente, el cual establece: Artículo 121.- Cuando los detalles proporcionados para localizar los documentos resulten insuficientes, incompletos o sean erróneos, la Unidad de Transparencia podrá requerir al solicitante, por una sola vez y dentro de un plazo que no podrá exceder de cinco días, contados a partir de la presentación de la solicitud, para que, en un término de hasta diez días, indique otros elementos o corrija los datos proporcionados o bien, precise uno o varios requerimientos de información. Este requerimiento interrumpirá el plazo de respuesta establecido en el artículo 125 de la presente Ley, por lo que comenzará a computarse nuevamente al día siguiente del desahogo por parte del particular. En este caso, el sujeto obligado atenderá la solicitud en los términos en que fue desahogado el requerimiento de información adicional. La solicitud se tendrá por no presentada cuando los solicitantes no atiendan el requerimiento de información adicional. En el caso de requerimientos parciales no desahogados, se tendrá por presentada la solicitud por lo que respecta a los contenidos de información que no formaron parte del requerimiento. Así como Articulo 189 del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Baja California, que a la letra dice: Artículo 189. En caso de formularse alguna prevención o requerimiento, la Unidad de Transparencia deberá notificar la misma al solicitante, señalando de manera clara y precisa, cuáles son los datos que se han de complementar para poder otorgar la respuesta. Por lo anteriormente expuesto, se le solicita muy amablemente al interesado que de la solicitud de información pública con número de folio 021165524000278 sea tan amable de adicionar ante que Dependencia del Gobierno del Estado de Baja California, desea hacer su petición, partiendo del numeral 1, en el que establece lo siguiente: 1.- Directorio vigente de la nuevas Administraciones de Gobierno, sus Secretarias y Dependencias de los siguientes Estados de la República, en vías de poder apoyarlo y orientarlo con la finalidad de dar seguimiento a su solicitud de acceso y garantizar su derecho de acceso a la información, Debe subrayarse que, si este Sujeto Obligado atiende el escrito del solicitante con la imprecisión mencionada, existe la posibilidad de que a la postre, surja una insatisfacción de su parte.Archivo adjuntoDescargarFolioBC-IP-021165524000278

Datos adicionales

EstatusDesechada por falta de respuesta del ciudadanoTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionSidisponibilidadNoquejaNoRespuestaRequerimiento de información adicional por ser ambigua o incompletaTipo de respuestaFALTA DE TRAMITEMedio de entregaCualquier otro medio incluido los electrónicosFecha limite de respuesta15/08/2024Fecha solicitud término02/08/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deBaja CaliforniaSector de la dependenciaPoder Ejecutivo