Baja California - Instituto de Servicios de Salud Pública del Estado de Baja California - (BC)

Solicitud del día 26/08/2024 a la dependencia Baja California - Instituto de Servicios de Salud Pública del Estado de Baja California - (BC) del órgano Baja California

DescripciónSe denuncia a Grosella Pasteleria y Reposteria por el uso unadecuado de las medidad de higiene y salubridad, no cuenta con material para la desifeccion de los alimentos, no cuenta con medidas de calidad. Es servicio es desfavorable. No emite nota de venta, ni factura. El domicilio es en Calle Tomasa Estevez #1610 en la Colonia Insurgentes Este entre Lopez Rayon y Molino del Rey. Ya se emitio a Protección Civil de la construcción por los sismos recientes, lo cual no cuenta con la estabilidad de la estructura. Se requiere permiso de uso de suelo. El cual no esta dentro de la zona residencial de vivienda. Saludos,Respuesta del día27/08/2024Texto de respuestaRespuesta a la solicitud de información No. 021165524000298 Solicitud con número de folio: Estimado ciudadano, en respuesta a la Solicitud de Acceso a la Información Pública identificada con número de Folio 021165524000298, que a la letra señala: “Se denuncia a Grosella Pasteleria y Reposteria por el uso unadecuado de las medidad de higiene y salubridad, no cuenta con material para la desifeccion de los alimentos, no cuenta con medidas de calidad. Es servicio es desfavorable. No emite nota de venta, ni factura. El domicilio es en Calle Tomasa Estevez #1610 en la Colonia Insurgentes Este entre Lopez Rayon y Molino del Rey. Ya se emitio a Protección Civil de la construcción por los sismos recientes, lo cual no cuenta con la estabilidad de la estructura. Se requiere permiso de uso de suelo. El cual no esta dentro de la zona residencial de vivienda.Saludos, Ing. Roberto Pérez 5579231175” (sic) En razón de lo anterior, Con fundamento en el artículo 121 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Baja California vigente, el cual establece: Artículo 121.- Cuando los detalles proporcionados para localizar los documentos resulten insuficientes, incompletos o sean erróneos, la Unidad de Transparencia podrá requerir al solicitante, por una sola vez y dentro de un plazo que no podrá exceder de cinco días, contados a partir de la presentación de la solicitud, para que, en un término de hasta diez días, indique otros elementos o corrija los datos proporcionados o bien, precise uno o varios requerimientos de información. Este requerimiento interrumpirá el plazo de respuesta establecido en el artículo 125 de la presente Ley, por lo que comenzará a computarse nuevamente al día siguiente del desahogo por parte del particular. En este caso, el sujeto obligado atenderá la solicitud en los términos en que fue desahogado el requerimiento de información adicional. La solicitud se tendrá por no presentada cuando los solicitantes no atiendan el requerimiento de información adicional. En el caso de requerimientos parciales no desahogados, se tendrá por presentada la solicitud por lo que respecta a los contenidos de información que no formaron parte del requerimiento. Así como Articulo 189 del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Baja California, que a la letra dice: Artículo 189. En caso de formularse alguna prevención o requerimiento, la Unidad de Transparencia deberá notificar la misma al solicitante, señalando de manera clara y precisa, cuáles son los datos que se han de complementar para poder otorgar la respuesta. Por lo anteriormente expuesto, se le solicita muy amablemente al interesado que de la solicitud de información pública con número de folio 021165524000298 sea tan amable de precisar la dirección completa del establecimiento en mención, en vías de poder apoyarlo y orientarlo con la finalidad de dar seguimiento a su solicitud de acceso y garantizar su derecho de acceso a la información, Debe subrayarse que, si este Sujeto Obligado atiende el escrito del solicitante con la imprecisión mencionada, existe la posibilidad de que a la postre, surja una insatisfacción de su parte, misma que en este momento, es plenamente evitable, si aclara, especifica o completa su solicitud de forma tal, que no haya lugar a dudas en saber sobre la información de su interés. Cualquier duda o aclaración favor de comunicarse al teléfono que a continuación se menciona. Agradeciendo el ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, recordándole que, en el Gobierno del Estado de Baja California estamos para servirle. FUENTE: UNIDAD DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Y TRANSPARENCIA DEL ISESALUD. TEL: (686) 559-5800 EXT: 4559, 4640.Archivo adjuntoDescargarFolioBC-IP-021165524000298

Datos adicionales

EstatusDesechada por falta de respuesta del ciudadanoTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónManualprorrogaNoprevencionSidisponibilidadNoquejaNoRespuestaRequerimiento de información adicional por ser ambigua o incompletaTipo de respuestaFALTA DE TRAMITEMedio de entregaConsulta directa en la Unidad de TransparenciaFecha limite de respuesta09/09/2024Fecha solicitud término27/08/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deBaja CaliforniaSector de la dependenciaPoder Ejecutivo