Baja California - Instituto de Servicios Educativos y Pedagógicos de Baja California - (BC)

Solicitud del día 10/03/2024 a la dependencia Baja California - Instituto de Servicios Educativos y Pedagógicos de Baja California - (BC) del órgano Baja California

Descripcióninforme si existe contrato colectivo de trabajo entre el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educacion seccion 2 Federal en Baja California (SNTE SECCION 2) con el Instituto de Servicios Educativos y Pedagogicos de Baja California vigente y en caso de ser asi, remita dicha informacion. informe si existen reformas al Contrato Colectivo de Trabajo del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educacion Seccion 2 Federal en Baja California con el Instituto de Servicios Educativos y Pedagogicos de Baja California a partir de la reforma de la Ley General de Educacion del entonces presidente Enrique Peña Nieto, y de ser el caso remita dicha informacion. informe si hay minutas de acuerdos y adendum en dicho contrato colectivo de trabajo entre el instituto de Servicios Educativos y Pedagogicos de Baja California y el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educacion Seccion 2 Federal en Baja California, que modifiquen condiciones generales de trabajo y de ser asi remita informacion.Respuesta del día16/04/2024Texto de respuesta2024, Año de los Pueblos Yumanos, Pueblos Originarios y de las personas Afromexicanas Tijuana, Baja California a 16 de abril de 2024 A QUIEN CORRESPONDA PRESENTE Anteponiendo un cordial saludo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 55 y 56 fracciones II y V de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Baja California y en atención a su solicitud de información pública registrada con el número de folio 021165624000035 del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información (SISAI) de la Plataforma Nacional de Transparencia, dirigida al Sujeto Obligado: Instituto de Servicios Educativos y Pedagógicos de Baja California, en la que requirió la información consistente en: “informe si existe contrato colectivo de trabajo entre el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educacion seccion 2 Federal en Baja California (SNTE SECCION 2) con el Instituto de Servicios Educativos y Pedagogicos de Baja California vigente y en caso de ser asi, remita dicha informacion. informe si existen reformas al Contrato Colectivo de Trabajo del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educacion Seccion 2 Federal en Baja California con el Instituto de Servicios Educativos y Pedagogicos de Baja California a partir de la reforma de la Ley General de Educacion del entonces presidente Enrique Peña Nieto, y de ser el caso remita dicha informacion. informe si hay minutas de acuerdos y adendum en dicho contrato colectivo de trabajo entre el instituto de Servicios Educativos y Pedagogicos de Baja California y el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educacion Seccion 2 Federal en Baja California, que modifiquen condiciones generales de trabajo y de ser asi remita informacion.” (Sic) En seguimiento, la misma fue atendida por las siguientes áreas del sujeto obligado: • Dirección de Administración de Personal • Dirección de Asuntos Jurídicos La Dirección de Administración de Personal dio la siguiente respuesta: “A fin de dar atención a la solicitud en cita, se informa que esta Dirección de Administración de Personal no ha identificado la suscripción del contrato colectivo con el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación Sección 2, pero se recomienda que la atención al folio sea por parte de la Dirección de Asuntos Jurídico por ser ámbito de su competencia ya que es el representante Jurídico del Instituto de Servicios Educativos y Pedagógicos de Baja California.” (Sic) La Dirección de Asuntos Jurídicos dio la siguiente respuesta: “Que tras una búsqueda minuciosa en los archivos de la Dirección de Asuntos Jurídicos, se deriva que por parte de la misma Dirección no ha celebrado Contrato Colectivo de Trabajo con el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación Sección 2 Federal en Baja California (SNTE SECCION 2), por consecuencia de ello los demás cuestionamientos no aplican toda vez que requieren la presencia de dicho contrato.” (Sic) En caso de inconformidad, el artículo 135 la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Baja California señala que las personas solicitantes de información podrán interponer, por sí mismas o a través de su representante, un recurso de revisión ante el Instituto de Transparencia y Acceso a la Información Pública de Baja California, o bien en la Unidad de Transparencia, dentro de los quince días siguientes a la fecha de la notificación de la respuesta, cuando se actualice alguno de los supuestos del artículo 136 de dicha ley. Sin otro particular por el momento, reciba un cordial saludo. ATENTAMENTE UNIDAD DE TRANSPARENCIA SE-ISEPArchivo adjuntoDescargarFolioBC-IP-021165624000035

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaSiprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaEntrega de información vía PNTTipo de respuestaMODALIDADMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta16/04/2024Fecha solicitud término16/04/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deBaja CaliforniaSector de la dependenciaPoder Ejecutivo