Baja California - Secretaría de Bienestar
Solicitud del día 14/08/2024 a la dependencia Baja California - Secretaría de Bienestar del órgano Baja California
DescripciónCon amparo en el articulo 6to constitucional, se solicita el personal a cargo del Lic. Julio Alberto Vivian encargado de Centros Comunitarios del Gobierno de Baja California.Respuesta del día26/08/2024Texto de respuestaAtención: Margarita Seiva N Por este conducto, con fundamento en los artículos 55 y 56 fracciones II, IV y V de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Baja California, remito a Usted, en tiempo y forma, la respuesta a la solicitud de información número 021166524000104. Descripción de la solicitud: Con amparo en el artículo 6to constitucional, se solicita el personal a cargo del Lic. Julio Alberto Vivian encargado de Centros Comunitarios del Gobierno de Baja California. Datos adicionales para localizar la información: Respuesta: En atención a su solicitud, después de hacer un análisis de la misma, así como una búsqueda en los archivos de esta dependencia, se otorga la siguiente respuesta: Esta Secretaría después de realizar una búsqueda exhaustiva dentro de los archivos con relación a lo solicitado sobre lo solicitado: ´´ Con amparo en el artículo 6to constitucional, se solicita el personal a cargo del Lic. Julio Alberto Vivian encargado de Centros Comunitarios del Gobierno de Baja California. ´´ Es que le proporcionamos la siguiente respuesta, a su solicitud de información con número de folio 021166524000104: ´´El personal a cargo del Jefe de Centros Comunitarios de la Secretaría de Bienestar del Gobierno de Baja California, es el siguiente: 1. Martha Eugenia Montejano Cárdenas 2. Lizbeth Narváez Rodríguez ´´ Se le hace saber que de acuerdo al artículo 122 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Baja California, esta dependencia deberá otorgar acceso a los documentos que se encuentren en nuestros archivos o que estemos obligados a documentar de acuerdo con nuestras facultades, competencias o funciones en el formato en que el solicitante manifieste. Por último, se informa que la Secretaría de Bienestar, cuenta con las atribuciones y obligaciones contempladas en el artículo 36 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Baja California, así como en el Reglamento Interno de la misma. Sin más que agregar, quedo a la orden. Atentamente Unidad de Transparencia, de la Secretaría de Bienestar del Estado de Baja California.Archivo adjuntoDescargarFolioBC-IP-021166524000104