Baja California - Secretaría de Educación - (BC)

Solicitud del día 10/03/2024 a la dependencia Baja California - Secretaría de Educación - (BC) del órgano Baja California

Descripciónsolicito de la relación de colegios y barras de abogados del estado registrados ante la secretaria de educacionRespuesta del día27/03/2024Texto de respuesta2024, Año de los Pueblos Yumanos, Pueblos Originarios y de las personas Afromexicanas Tijuana, Baja California a 27 de marzo de 2024 A QUIEN CORRESPONDA PRESENTE Anteponiendo un cordial saludo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 55 y 56 fracciones II y V de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Baja California y en atención a su solicitud de información pública registrada con el número de folio 021166624000070 del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información (SISAI) de la Plataforma Nacional de Transparencia, dirigida al Sujeto Obligado: Secretaría de Educación, en la que requirió la información consistente en: “solicito de la relación de colegios y barras de abogados del estado registrados ante la secretaria de educacion” (Sic) En seguimiento, su solicitud fue atendida por la Subsecretaría de Educación Media Superior, Superior e Investigación, que dio la siguiente respuesta: “Corresponde al ámbito de Competencia de la Subsecretaría de Educación Media Superior, Superior e Investigación, adscrita a esta Secretaría de Educación, llevar el Registro Profesional Estatal, a través del Departamento de Profesiones. De conformidad a la búsqueda y consulta realizada en la base de datos, así como en el archivo general del Departamento de Profesiones del Estado de Baja California, referente al Padrón de Registro de Asociaciones y/o Colegios de Profesionistas, en el anexo se informa de los Anexos: Listado Asociaciones y/o Colegios de Abogados” (Sic) Adjunto a este oficio está la documentación enviada por el área en respuesta a su solicitud. En caso de inconformidad, el artículo 135 la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Baja California señala que las personas solicitantes de información podrán interponer, por sí mismas o a través de su representante, un recurso de revisión ante el Instituto de Transparencia y Acceso a la Información Pública de Baja California, o bien en la Unidad de Transparencia, dentro de los quince días siguientes a la fecha de la notificación de la respuesta, cuando se actualice alguno de los supuestos del artículo 136 de dicha ley. Sin otro particular por el momento, reciba un cordial saludo. ATENTAMENTE UNIDAD DE TRANSPARENCIA SE-ISEPArchivo adjuntoDescargarFolioBC-IP-021166624000070

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaEntrega de información vía PNTTipo de respuestaMODALIDADMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta02/04/2024Fecha solicitud término27/03/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deBaja CaliforniaSector de la dependenciaPoder Ejecutivo