Baja California - Secretaría de Educación - (BC)
Solicitud del día 11/04/2024 a la dependencia Baja California - Secretaría de Educación - (BC) del órgano Baja California
Descripción¿Qué actividades están llevando a cabo para la promoción y que de qué manera se está apoyando a los mexicanos que desean trabajar en Estados Unidos con VISA TN?Respuesta del día17/04/2024Texto de respuesta2024, Año de los Pueblos Yumanos, Pueblos Originarios y de las personas Afromexicanas Tijuana, Baja California, a 17 de abril de 2024 A QUIEN CORRESPONDA PRESENTE Anteponiendo un cordial saludo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 55 y 56 fracciones II y V de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Baja California y en atención a su solicitud de información pública registrada con el número de folio 021166624000096 del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la Plataforma Nacional de Transparencia (SISAI), dirigida al Sujeto Obligado: Secretaría de Educación, en la que requirió la información consistente en: “¿Qué actividades están llevando a cabo para la promoción y que de qué manera se está apoyando a los mexicanos que desean trabajar en Estados Unidos con VISA TN?” (Sic) En seguimiento, se informa que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 129 de la Ley de Transparencia en el Estado, se considera que la Secretaría de Educación es notoriamente incompetente para atender la presente solicitud de información, esto porque del Reglamento Interno de la Secretaría de Educación no se advierten facultades y atribuciones para poseer o administrar información que requiere, ya que es una dependencia encargada de los servicios educativos dentro del estado de Baja California y no relacionado con la expedición de visas o trabajo en el extranjero. Por lo anterior, en razón de que dicha información corresponde al sujeto obligado antes referido, es que esta Unidad de Transparencia considera que la incompetencia para dar trámite a la presente solicitud por parte de la Secretaría de Educación, en efecto es notoria. Ello, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 129 párrafo primero de la Ley de Transparencia en el Estado que estable lo siguiente: “Artículo 129.- Cuando las Unidades de Transparencia determinen la notoria incompetencia por parte de los sujetos obligados, dentro del ámbito de su aplicación, para atender la solicitud de acceso a la información, deberán comunicarlo al solicitante, dentro de los tres días posteriores a la recepción de la solicitud y, en caso de conocer el sujeto o sujetos obligados competentes, lo hará saber al solicitante.” (sic) En ese sentido, se comunica que para conocer la información requerida, la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) es un sujeto obligado a transparentar, permitir el acceso a su información y proteger los datos personales que obren en su poder. Por lo cual se sugiere que dirija su solicitud a la institución referida, ya que cuenta con su propia Unidad de Transparencia para atender las solicitudes de acceso a la información de su competencia. Puede realizarlo en la Plataforma Nacional de Transparencia a través de esta liga: https://www.plataformadetransparencia.org.mx, seleccionando en el nivel: Federación y al sujeto obligado: Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE). En caso de inconformidad, el artículo 135 la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Baja California señala que las personas solicitantes de información podrán interponer, por sí mismas o a través de su representante, un recurso de revisión ante el Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Baja California, o bien en la Unidad de Transparencia, dentro de los quince días siguientes a la fecha de la notificación de la respuesta, cuando se actualice alguno de los supuestos del artículo 136 de dicha ley. Sin otro particular por el momento, reciba un cordial saludo. ATENTAMENTE UNIDAD DE TRANSPARENCIA SE-ISEPArchivo adjuntoDescargarFolioBC-IP-021166624000096