Baja California - Secretaría de Educación - (BC)
Solicitud del día 27/04/2024 a la dependencia Baja California - Secretaría de Educación - (BC) del órgano Baja California
DescripciónSolicito copia de tesis con que Alejandro Isaac Fragozo López obtuvo titulo de licenciado en derecho Respuesta del día16/05/2024Texto de respuesta2024, Año de los Pueblos Yumanos, Pueblos Originarios y de las personas Afromexicanas Tijuana, Baja California a 16 de mayo de 2024 A QUIEN CORRESPONDA PRESENTE Anteponiendo un cordial saludo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 55 y 56 fracciones II y V de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Baja California y en atención a su solicitud de información pública registrada con el número de folio 021166624000107 del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información (SISAI) de la Plataforma Nacional de Transparencia, dirigida al Sujeto Obligado: Secretaría de Educación, en la que requirió la información consistente en: “Solicito copia de tesis con que Alejandro Isaac Fragozo López obtuvo titulo de licenciado en derecho” (Sic) En seguimiento, su solicitud fue atendida por la Subsecretaría de Educación Media Superior, Superior e Investigación, que dio la siguiente respuesta: “A la Subsecretaría de Educación Media Superior, Superior e Investigación, dependiente de la Secretaría de Educación de Baja California, le corresponde coordinar los procesos educativos en el nivel educativo del tipo superior (licenciatura universitaria, normalista y posgrado). Esta Secretaría no tienen bajo su adscripción, los centros educativos de orden público de este nivel. En el caso de las Instituciones Particulares de Educación Superior con Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios otorgados por Secretaría de Educación Estatal, como parte de los requisitos solicitados para la autorización, es la presentación de la normatividad escolar que regulará las relaciones entre los estudiantes y la Institución. Esta debe comprender los procesos académicos acordes al plan de estudios que se impartirá, entre estos, las opciones que tienen los estudiantes para la titulación. Cabe señalar, que tanto para las Instituciones Públicas como Particulares de Educación Superior, esta Secretaría no tiene participación en el proceso por el cual los estudiantes se titulan. Es un procedimiento de acreditación interna, que debe cumplir el estudiante ante quien le está proporcionando el servicio educativo, el estudiante no presenta evaluación alguna para su titulación, ante esta Secretaría.” (Sic) En caso de inconformidad, el artículo 135 la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Baja California señala que las personas solicitantes de información podrán interponer, por sí mismas o a través de su representante, un recurso de revisión ante el Instituto de Transparencia y Acceso a la Información Pública de Baja California, o bien en la Unidad de Transparencia, dentro de los quince días siguientes a la fecha de la notificación de la respuesta, cuando se actualice alguno de los supuestos del artículo 136 de dicha ley. Sin otro particular por el momento, reciba un cordial saludo. ATENTAMENTE UNIDAD DE TRANSPARENCIA SE-ISEPArchivo adjuntoDescargarFolioBC-IP-021166624000107