Baja California - Secretaría de Educación - (BC)
Solicitud del día 16/05/2024 a la dependencia Baja California - Secretaría de Educación - (BC) del órgano Baja California
DescripciónBuen día, solicito la cifra de personas mayores de 16 años en el municipio de Mexicali que actualmente no cuenten con un certificado de secundaria.Otros datosPor la naturaleza de la información comprendo que pueda ser complicado dar una cifra certera, de ser el caso un aproximado sería suficiente para satisfacer mi solicitud.Respuesta del día28/05/2024Texto de respuesta2024, Año de los Pueblos Yumanos, Pueblos Originarios y de las personas Afromexicanas Tijuana, Baja California a 28 de mayo de 2024 A QUIEN CORRESPONDA PRESENTE Anteponiendo un cordial saludo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 55 y 56 fracciones II y V de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Baja California y en atención a su solicitud de información pública registrada con el número de folio 021166624000129 del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información (SISAI) de la Plataforma Nacional de Transparencia, dirigida al Sujeto Obligado: Secretaría de Educación, en la que requirió la información consistente en: “Buen día, solicito la cifra de personas mayores de 16 años en el municipio de Mexicali que actualmente no cuenten con un certificado de secundaria. Por la naturaleza de la información comprendo que pueda ser complicado dar una cifra certera, de ser el caso un aproximado sería suficiente para satisfacer mi solicitud.” (Sic) En seguimiento, su solicitud fue atendida por la Coordinación de Control Escolar, Información y Estadística Educativa, que dio la siguiente respuesta: “Se le informa que después de revisar las bases de datos de esta instancia, se encontró que hay 257 alumnos activos mayores de 16 años en Mexicali que no cuentan con certificado de secundaria.” (Sic) En caso de inconformidad, el artículo 135 la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Baja California señala que las personas solicitantes de información podrán interponer, por sí mismas o a través de su representante, un recurso de revisión ante el Instituto de Transparencia y Acceso a la Información Pública de Baja California, o bien en la Unidad de Transparencia, dentro de los quince días siguientes a la fecha de la notificación de la respuesta, cuando se actualice alguno de los supuestos del artículo 136 de dicha ley. Sin otro particular por el momento, reciba un cordial saludo. ATENTAMENTE UNIDAD DE TRANSPARENCIA SE-ISEPArchivo adjuntoDescargarFolioBC-IP-021166624000129