Baja California - Secretaría de Educación - (BC)
Solicitud del día 03/07/2024 a la dependencia Baja California - Secretaría de Educación - (BC) del órgano Baja California
DescripciónSOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN. En ejercicio del derecho de acceso a la información pública previsto en el articulo 6 constitucional y 7 de la constitución local, solicito la siguiente información, en formato comprensible y datos abiertos: 1) Total de Horas Docentes 2) Horas docentes frente a grupo 3) Horas docentes fuera de grupo y las funciones que cubren estos docentes adscritos a la Universidad Estatal de Estudios Pedagógicos (Centro de Estudios Pedagógicos del Estado) Centro de trabajo ENL0001A. Magisterio Estatal, Municipio de Mexicali Respuesta del día31/07/2024Texto de respuesta2024, Año de los Pueblos Yumanos, Pueblos Originarios y de las personas Afromexicanas Tijuana, Baja California a 31 de julio de 2024 A QUIEN CORRESPONDA PRESENTE Anteponiendo un cordial saludo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 55 y 56 fracciones II y V de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Baja California y en atención a su solicitud de información pública registrada con el número de folio 021166624000182 del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información (SISAI) de la Plataforma Nacional de Transparencia, dirigida al Sujeto Obligado: Secretaría de Educación, en la que requirió la información consistente en: “SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN. En ejercicio del derecho de acceso a la información pública previsto en el articulo 6 constitucional y 7 de la constitución local, solicito la siguiente información, en formato comprensible y datos abiertos: 1) Total de Horas Docentes 2) Horas docentes frente a grupo 3) Horas docentes fuera de grupo y las funciones que cubren estos docentes adscritos a la Universidad Estatal de Estudios Pedagógicos (Centro de Estudios Pedagógicos del Estado) Centro de trabajo ENL0001A. Magisterio Estatal, Municipio de Mexicali” (Sic) En seguimiento, su solicitud fue atendida por las siguientes áreas del Sujeto Obligado: • Dirección de Administración de Personal • Subsecretaría de Educación Media Superior, Superior e Investigación La Dirección de Administración de Personal dio la siguiente respuesta: “A fin de dar atención a la solicitud en cita, se informa lo siguiente: Etiquetas de fila Suma de HRS HRS DOCENTE 1743 HRS DOCENTE COORDINADOR TECNICO 20 HRS DOCENTE DIRECTOR 40 HRS DOCENTE FUERA DE GRUPO 76 HRS DOCENTE SUBDIRECTOR 40 PERSONAL DE APOYO 1620 Total general 3539 (…)” (Sic) La Subsecretaría de Educación Media Superior, Superior e Investigación dio la siguiente respuesta: “El Centro de Estudios Pedagógicos del Estado, Universidad Estatal de Estudios Pedagógicos “UEEP” por el carácter de su creación, Decreto expedido por el Ejecutivo Estatal publicado en el Periódico Oficial del Estado, en fecha 16 de enero de 2015, es un Órgano Desconcentrado, organizacionalmente adscrita a la Secretaría de Educación del Estado, que se regula de conformidad con las atribuciones conferidas en su Decreto de Creación. La Dirección de Educación Superior para Profesionales de la Educación, dependiente de la Subsecretaría de Educación Media Superior, Superior e Investigación, tiene conferidas atribuciones para coordinar los procesos educativos en la Instituciones de Educación Superior para Profesionales de la Educación, como es el caso de UEEP. En virtud de lo anterior, la Dirección antes mencionada solicitó a la UEEP, diera respuesta a esta solicitud, ya que la información debe estar en resguardo de dicha Institución Educativa. Considerando, que la Dirección de Administración de Personal adscrita a esta Secretaría, otorgó respuesta en relación a esta solicitud de información, a la cantidad Total de Horas Docentes, Horas Docentes frente a grupo, así como Horas Docentes fuera de grupo y manifestó no contar información relativa a las funciones que se cubren con las horas docentes fuera de grupo, es que la DESPE le requirió a la UEEP respondiera al respecto. Anexos: Oficio UEEP” (Sic) Adjunto a este oficio está la documentación enviada por el área en respuesta a su solicitud. En caso de inconformidad, el artículo 135 la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Baja California señala que las personas solicitantes de información podrán interponer, por sí mismas o a través de su representante, un recurso de revisión ante el Instituto de Transparencia y Acceso a la Información Pública de Baja California, o bien en la Unidad de Transparencia, dentro de los quince días siguientes a la fecha de la notificación de la respuesta, cuando se actualice alguno de los supuestos del artículo 136 de dicha leyArchivo adjuntoDescargarFolioBC-IP-021166624000182