Baja California - Secretaría de Educación - (BC)
Solicitud del día 09/09/2024 a la dependencia Baja California - Secretaría de Educación - (BC) del órgano Baja California
Descripciónquiero los o el nombre o listado de los maestros a los que dice la gobernadora se le pagan mas de doscientos mil pesos al mes ya sea de sueldo activo, jubilado o pensionado. ademas solicito saber que autoridad es la responsable de pagarle o pagarles Respuesta del día23/09/2024Texto de respuesta2024, Año de los Pueblos Yumanos, Pueblos Originarios y de las personas Afromexicanas Tijuana, Baja California a 23 de septiembre de 2024 A QUIEN CORRESPONDA PRESENTE Anteponiendo un cordial saludo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 55 y 56 fracciones II y V de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Baja California y en atención a su solicitud de información pública registrada con el número de folio 021166624000237 del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información (SISAI) de la Plataforma Nacional de Transparencia, dirigida al Sujeto Obligado: Secretaría de Educación, en la que requirió la información consistente en: “quiero los o el nombre o listado de los maestros a los que dice la gobernadora se le pagan mas de doscientos mil pesos al mes ya sea de sueldo activo, jubilado o pensionado. ademas solicito saber que autoridad es la responsable de pagarle o pagarles” (Sic) En seguimiento, su solicitud fue atendida por la Dirección de Administración de Personal, que dio la siguiente respuesta: “A fin de dar atención a la solicitud en cita, se informa que en la Secretaría de Educación no existe docente en activo con sueldo de más de doscientos mil pesos al mes. Por lo que respecta al monto que perciben los docentes por concepto de pensión y/o jubilación, me permito informarle que esta Dirección de Administración de Personal se encuentra imposibilitada jurídicamente para atender al respecto, siendo el sujeto obligado para la debida atención el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Gobierno y Municipios del Estado de Baja California, lo anterior, de conformidad con los artículos 58, 67, 70, 71, 72 y 73 de la Ley de la materia.” (Sic) En caso de inconformidad, el artículo 135 la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Baja California señala que las personas solicitantes de información podrán interponer, por sí mismas o a través de su representante, un recurso de revisión ante el Instituto de Transparencia y Acceso a la Información Pública de Baja California, o bien en la Unidad de Transparencia, dentro de los quince días siguientes a la fecha de la notificación de la respuesta, cuando se actualice alguno de los supuestos del artículo 136 de dicha ley. Sin otro particular por el momento, reciba un cordial saludo. ATENTAMENTE UNIDAD DE TRANSPARENCIA SE-ISEP Archivo adjuntoDescargarFolioBC-IP-021166624000237