Baja California - Secretaría de Educación - (BC)
Solicitud del día 19/10/2024 a la dependencia Baja California - Secretaría de Educación - (BC) del órgano Baja California
DescripciónLICENCIADO RAFAEL RAMIREZ MUÑOZ DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS DE LA SECRETARIA DE EDUCACION EN BAJA CALIFORNIA OFICIO: 03/2024 P R E S E N T E ASUNTO: Solicitud de Acceso a la Información Pública. MARIBEL PARDO CAMARENA, por mi propio derecho, en mi carácter de madre de familia. Con el debido respeto C. Representante Social, ante usted expongo: Por medio del presente escrito y con fundamento en lo previsto en los artículos 3; párrafo tercero, 6; I; Derecho de Acceso a la Información y 8; Derecho de Petición y Respuesta de la Autoridad Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículo 15; Derecho de Prioridad Ley para la Protección y Defensa de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Baja California; artículo 1 Ley de Seguridad Escolar del Estado de Baja California; artículos 1, 2 y 3; II, III, IV y V Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Baja California; artículos 4; I; b), 30; IV y 43; XXXVIII Reglamento del Instituto de Servicios Educativos y Pedagógicos de Baja California (SE-ISEP) y artículo 1 Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Baja California. Entre otros aplicables. INTERPRETACION EXTENSIVA DEL ARTICULO 3; II, III, IV y V LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION PUBLICA PARA EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA, ARTICULO 1 LEY DE SEGURIDAD ESCOLAR DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA Y ARTICULO 30; IV REGLAMENTO DEL INSTITUTO DE SERVICIOS EDUCATIVOS Y PEDAGOGICOS DE BAJA CALIFORNIA. “Artículo 3.- La presente Ley tiene por objeto: II.- Transparentar la gestión pública mediante la difusión de la información completa y actualizada que generan, administran o posean los sujetos obligados; III.- Establecer las bases y la información de interés público que se debe difundir proactivamente; IV.- Garantizar una adecuada y oportuna rendición de cuentas de los sujetos obligados a la ciudadanía, a través de la generación y publicación de información sobre su indicadores de gestión y el ejercicio de los recursos públicos, de forma completa, veraz, oportuna, y comprensible y V.- Promover la generación y consolidación de una cultura de transparencia y rendición de cuentas en la ciudadanía y los servidores públicos”. Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Baja California. Artículo 1.- Las disposiciones de esta Ley son de orden público e interés general. Las acciones y programas en materia de seguridad escolar son de carácter obligatorios para las autoridades, organizaciones e instituciones estatales y municipales de los sectores públicos, privado, social y en general para la comunidad escolar. Ley de Seguridad Escolar del Estado de Baja California. Artículo 30; IV.- Vigilar la continuidad de los juicios, procedimientos, diligencias respectivas, así como vigilar el cumplimiento de las resoluciones correspondientes, incluyendo las recomendaciones emitidas por la Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Baja California… Reglamento del Instituto de Servicios Educativos y Pedagógicos de Baja California (SE-ISEP). Bajo esa premisa, con respecto a las consideraciones de hecho y de derecho que enviste a la ciudadanía en el Estado de Baja California, mismo que, siendo consumidores activos y dinámicos del servicio educativo Público y Privado, es decir, en referencia a la Secretaría de Educación en el Estado de Baja California. En esa guisa y en conformidad con las prerrogativas de salud y de derecho que reviste a las Niñas, Niños y Adolescentes. Prevaleciendo así, el Principio del Interés Superior de la Niñez Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y del Derecho de Prioridad Ley para la Protección y Defensa de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Baja California. Es por ello por lo que: 1.- Razonadamente, en el transcurso de diez años la Comisión Estatal de los Derechos Humanos ha reseñado 24 RECOMENDACIONES no vinculatorias, atribuibles a la Secretaría d Respuesta del día05/11/2024Texto de respuesta2024, Año de los Pueblos Yumanos, Pueblos Originarios y de las personas Afromexicanas Tijuana, Baja California a 05 de noviembre de 2024 A QUIEN CORRESPONDA PRESENTE Anteponiendo un cordial saludo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 55 y 56 fracciones II y V de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Baja California y en atención a su solicitud de información pública registrada con el número de folio 021166624000299 del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información (SISAI) de la Plataforma Nacional de Transparencia, dirigida al Sujeto Obligado: Secretaría de Educación, en la que requirió la información consistente en: “LICENCIADO RAFAEL RAMIREZ MUÑOZ DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS DE LA SECRETARIA DE EDUCACION EN BAJA CALIFORNIA OFICIO: 03/2024 P R E S E N T E ASUNTO: Solicitud de Acceso a la Información Pública. MARIBEL PARDO CAMARENA, por mi propio derecho, en mi carácter de madre de familia. Con el debido respeto C. Representante Social, ante usted expongo: Por medio del presente escrito y con fundamento en lo previsto en los artículos 3; párrafo tercero, 6; I; Derecho de Acceso a la Información y 8; Derecho de Petición y Respuesta de la Autoridad Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículo 15; Derecho de Prioridad Ley para la Protección y Defensa de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Baja California; artículo 1 Ley de Seguridad Escolar del Estado de Baja California; artículos 1, 2 y 3; II, III, IV y V Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Baja California; artículos 4; I; b), 30; IV y 43; XXXVIII Reglamento del Instituto de Servicios Educativos y Pedagógicos de Baja California (SE-ISEP) y artículo 1 Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Baja California. Entre otros aplicables. INTERPRETACION EXTENSIVA DEL ARTICULO 3; II, III, IV y V LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION PUBLICA PARA EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA, ARTICULO 1 LEY DE SEGURIDAD ESCOLAR DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA Y ARTICULO 30; IV REGLAMENTO DEL INSTITUTO DE SERVICIOS EDUCATIVOS Y PEDAGOGICOS DE BAJA CALIFORNIA. “Artículo 3.- La presente Ley tiene por objeto: II.- Transparentar la gestión pública mediante la difusión de la información completa y actualizada que generan, administran o posean los sujetos obligados; III.- Establecer las bases y la información de interés público que se debe difundir proactivamente; IV.- Garantizar una adecuada y oportuna rendición de cuentas de los sujetos obligados a la ciudadanía, a través de la generación y publicación de información sobre su indicadores de gestión y el ejercicio de los recursos públicos, de forma completa, veraz, oportuna, y comprensible y V.- Promover la generación y consolidación de una cultura de transparencia y rendición de cuentas en la ciudadanía y los servidores públicos”. Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Baja California. Artículo 1.- Las disposiciones de esta Ley son de orden público e interés general. Las acciones y programas en materia de seguridad escolar son de carácter obligatorios para las autoridades, organizaciones e instituciones estatales y municipales de los sectores públicos, privado, social y en general para la comunidad escolar. Ley de Seguridad Escolar del Estado de Baja California. Artículo 30; IV.- Vigilar la continuidad de los juicios, procedimientos, diligencias respectivas, así como vigilar el cumplimiento de las resoluciones correspondientes, incluyendo las recomendaciones emitidas por la Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Baja California… Reglamento del Instituto de Servicios Educativos y Pedagógicos de Baja California (SE-ISEP). Bajo esa premisa, con respecto a las consideraciones de hecho y de derecho que enviste a la ciudadanía en el Estado de Baja California, mismo que, siendo consumidores activos y dinámicos del servicio educativo PúbArchivo adjuntoDescargarFolioBC-IP-021166624000299