Baja California - Secretaría de Salud - (BC)
Solicitud del día 10/10/2024 a la dependencia Baja California - Secretaría de Salud - (BC) del órgano Baja California
DescripciónIndicar por municipio el nombre de la institución privada que se encarga de la atención de los seguros escolares, adjuntando el contrato en términos del articulo 55 de Ley de Presupuesto y Ejercicio del Gasto Público del Estado de Baja California. indicar el número de infracciones y sanciones a proveedores de servicio de seguro escolar emitidos de 2015 a la fecha e indicar el motivo. Respuesta del día16/10/2024Texto de respuestaEstimado ciudadano, en respuesta a la Solicitud de Acceso a la Información Pública identificada con número de Folio 021167324000310, con fundamento en el artículo 55, 56 fracciones II y IV de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Baja California vigente y en respuesta a su solicitud, que a la letra dice: “Indicar por municipio el nombre de la institución privada que se encarga de la atención de los seguros escolares, adjuntando el contrato en términos del artículo 55 de Ley de Presupuesto y Ejercicio del Gasto Público del Estado de Baja California. Indicar el número de infracciones y sanciones a proveedores de servicio de seguro escolar emitidos de 2015 a la fecha e indicar el motivo” ...(sic) Con respecto a la información y dada la naturaleza requerida en este acto, se le indica al ciudadano que después de realizar una búsqueda exhaustiva dentro de nuestros archivos como sujeto obligado SECRETARIA DE SALUD, estos no obran en nuestras bases de datos, por lo tanto, doy a bien informar que el sujeto obligado encargado de poseer, generar o administrar la información es la SECRETARIA DE EDUCACIÓN (SE) y/o el INSTITUTO DE SERVICIOS EDUCATIVOS Y PEDAGOGICOS DE BAJA CALIFORNIA (ISEP). Por este medio, y en virtud de lo peticionado en la solicitud de acceso a la información pública identificada con el número de folio señalado al rubro, en términos del artículo 56 fracciones II, IV y V de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Baja California, este ente SECRETARIA DE SALUD, NO ES COMPETENTE para atender la información que solicita, de conformidad con el artículo 129 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Baja California, mismo que al tenor de la letra dice: “Artículo 129.- Cuando las Unidades de Transparencia determinen la notoria incompetencia por parte de los sujetos obligados, dentro del ámbito de su aplicación, para atender la solicitud de acceso a la información, deberán comunicarlo al solicitante, dentro de los tres días posteriores a la recepción de la solicitud y, en caso de conocer el sujeto o sujetos obligados competentes, lo hará saber al solicitante. Si los sujetos obligados son competentes para atender parcialmente la solicitud de acceso a la información, deberá dar respuesta respecto de dicha parte. Respecto de la información sobre la cual es incompetente se procederá conforme lo señala el párrafo anterior” Esperando que la información proporcionada le sea de utilidad y agradeciendo el ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, recordándole que, en el Gobierno del Estado de Baja California estamos para servirle. FUENTE: UNIDAD DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Y TRANSPARENCIA DEL ISESALUD. CORREO ELECTRÓNICO: udiat.transparencia@gmail.com TEL: (686) 559-5800 EXT: 4559 y 4640 Archivo adjuntoDescargarFolioBC-IP-021167324000310